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Contribuyentes podrán presentar rectificativa de ITBIS por oficina virtual de la DGII

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Contribuyentes podrán presentar rectificativa de ITBIS por oficina virtual de la DGII
Imagen para ilustrar contenido. (DGII)

SANTO DOMINGO. La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) anunció que los contribuyentes podrán hacer la presentación de la rectificativa del impuesto a las transferencias de bienes industrializados y servicios (ITBIS) a través de su oficina virtual, con lo cual no tendrán que desplazarse a la sede de una administración local de esa institución.

En una comunicación de prensa explica que con este nuevo servicio en línea los contribuyentes podrán hacer las rectificativas de los valores reportados en los casos en que se detecten errores en las declaraciones del ITBIS de períodos no vigentes, sin necesidad de presentarse en la administración local que le corresponde.

Agrega que primero los contribuyentes deben tener a mano su dispositivo de seguridad, ya sea su tarjeta de código o token. En caso de no tenerla, se les recomienda dirigirse a una oficina donde le corresponda para adquirirla.

Dice que este servicio solo estará disponible en caso de que la rectificativa sea para incrementar sus ingresos, disminuir adelantos o disminuir saldos a favor, de lo contrario el contribuyente deberá dirigirse a su administración local con la documentación que sustente la modificación que desea realizar.

“De igual manera será restringida la realización de la rectificativa, si el contribuyente está siendo objeto de una fiscalización del ITBIS; si el periodo que desea rectificar posee acuerdos de pago, recurso de reconsideración o contencioso; si se inició el proceso de cobranza coactiva o trascurrieron más de tres años contados a partir de la fecha límite para su presentación y pago”, indica la DGII.

Dentro de las funcionalidades de esta nueva mejora los contribuyentes podrán eliminar la rectificativa realizada si esta fue generada con error, siempre y cuando sea antes de la media noche del mismo día en que la realizó. Luego de remitir la rectificativa se generará una autorización de pago. En caso de que exista una reducción de saldos a favor no se generará automáticamente esta autorización, concluye la entidad recaudadora.

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