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Indotel sanciona a varias empresas que cobran deudas por teléfono en el país

Las gestoras de deudas tendrán que pagar multas de entre RD$195,756 y RD$587,268 Las diferentes instituciones bancarias del país utilizan servicios de gestoras de deudas

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Indotel sanciona a varias empresas que cobran deudas por teléfono en el país
Edificio principal del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel).

El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) informó ayer que sancionó a ocho empresas que prestan servicios a las entidades bancarias como gestoras de cobros de deudas a clientes de esas instituciones financieras del país. Las sanciones son por violaciones a la norma 010-16 sobre el uso de servicios públicos de telecomunicaciones para fines de cobro de deuda.

En las resoluciones publicadas por el Indotel en su portal web, se indica que las empresas sancionadas son: sociedad Guerrero Gil & Asociados; T & P Servicios Legales; Banco Múltiple Caribe Internacional, S.A; Estudios Legal Sosa Evertz, SRL; FBGG Servicios Legales, S.R.L; Re Plasencia & Asociados SRL.; Quantus, Portfolio Maximization, S. R. L., (Crediganga); Gestionadora de Créditos, S. A. (Novanet Dom).

Las sanciones impuestas por la Dirección Ejecutiva del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) fueron desde los RD$195,756.00, un equivalente a dos cargos por incumplimiento, hasta la suma de RD$587,268.00, equivalente a seis cargos por incumplimiento.

La decisión, que se tomó tras la celebración de la primera audiencia pública por violaciones a la norma de uso de servicios públicos de telecomunicaciones para fines de cobro de deuda, detalla que la Sociedad Guerrero Gil & Asociados ha incumplido los mismos artículos de la norma que regula el uso de los servicios públicos de telecomunicaciones para fines de cobro de deuda con diversos deudores, pese a haber recibido múltiples comunicaciones del Indotel sobre las consecuencias que acarrea no acatar las disposiciones allí contenidas.

Por lo antes señalado, el Indotel impuso a la empresa el pago de la sanción equivalente a seis cargos por incumplimiento a favor de la entidad reguladora (Indotel), para un total a pagar de RD$587,268.00.

Otro de los casos que llevaron a una multa parecida a lo antes expuesto fue el caso de Quantus, Portfolio Maximization, SRL, (Crediganga). En este caso el Indotel, mediante la resolución número 044-19, explicó que esta gestora de cobros se encontraba haciendo uso de una serie de líneas telefónicas, para originar llamadas erróneas a los usuarios por cobro de supuestas deudas o acreencias de las cuales los denunciantes alegan no son deudores.

También por usar el mecanismo de llamadas a los lugares de trabajo de los denunciantes, a pesar de que los usuarios suministraron la información de sus números telefónicos móviles o los de sus respectivos domicilios o residencias para fines de contacto; así como haber excedido, además, en la cantidad de telecomunicaciones permitidas por la normativa y el horario establecido para el uso de los servicios públicos de Telecomunicaciones para fines de cobro de deudas.

El artículo primero de la norma 010-16, indica que se considerará como uso indebido de un servicio de telecomunicaciones la realización y/o programación de telecomunicaciones para fines de gestión de cobro de deudas, en intervalos de tiempo entre una y otra telecomunicación menor a los 30 minutos; así como la realización y/o programación de más de cinco telecomunicaciones por día, que perturben la paz de los receptores.

TEMAS -

Graduado en comunicación social en la Universidad O&M. Cursó un Máster en Comercio Internacional en el Centro Europeo de Postgrado CEUPE, tiene varios diplomados en economía, aduanas, sector eléctrico, impuestos y periodismo de investigación.