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Más plazo y sin intereses: las nuevas condiciones para legalizar bienes ante la DGII

Hacienda presentó junto al Presupuesto Complementario 2020 una propuesta de reforma a la Ley 46-20, la denominada amnistía fiscal

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Más plazo y sin intereses: las nuevas condiciones para legalizar bienes ante la DGII

El Ministerio de Hacienda, a través del presupuesto complementario que presentó este fin de semana al Congreso Nacional, propone la modificación de la Ley 46-20 de Transparencia y Revalorización Patrimonial, promulgada en febrero pasado.

La propuesta del despacho de las finanzas públicas es ampliar el período para declarar los impuestos relacionados con la legalización de los bienes ante la Dirección de Impuestos Internos (DGII), pero también eliminar el pago de intereses para quienes deseen cancelar los montos a plazos.

La propuesta, que forma parte del nuevo Presupuesto General Nacional del Estado 2020 que el gobierno presentó este fin de semana al poder legislativo, todavía debe pasar por segunda aprobación por parte del Senado. Luego será enviado a la Cámara de Diputados para su discusión y aprobación.

De acuerdo al proyecto remitido al Congreso, Hacienda propuso que, en lugar del plazo de 90 días para acogerse a los beneficios fiscales, sean 180 días, es decir, seis meses, el doble que el plazo autorizado en la Ley 46-20.

El pago especial por transparentar bienes que no estaban en el radar de la autoridad tributaria se puede hacer de una sola vez o por partes, en un lapso que no puede ser mayor a los 180 días, pero ahora la propuesta es que sean 365 días.

Adicionalmente, si los pagos son a plazo, deben ser doce cuotas. “El aplazamiento o las cuotas de los acuerdos de pago no estarán sujetas al interés indemnizatorio establecido en el artículo 27 del Código Tributario”, señala la redacción del Párrafo IV presentado por el Ministerio de Hacienda.

Hacienda justifica la modificación legal en su propuesta y dice que la pandemia del COVID-19 hizo que el plazo de 90 días para transparentar los bienes que fue definido en la ley 46-20 se quedara corto. Destaca que coincidió con la declaratoria de emergencia que llevó “al cierre temporal de muchas empresas lo que dificultó la situación económica de los contribuyentes, quienes probablemente no tendrían recursos para realizar los pagos que surgirían de acogerse a dicha Ley”, indica la propuesta de Presupuesto Complementario 2020.

La ley, que estuvo en discusiones por casi dos años a nivel parlamentario, consiste en una amnistía para que los contribuyentes que no han declarado sus bienes o que no lo han hecho al valor actual, los presenten de manera voluntaria y excepcional. Ello conlleva al pago de una tasa especial de 3 % sobre la tenencia de dinero, instrumentos financieros, inmuebles o cualquier tipo de patrimonio que no haya sido presentado en declaraciones anteriores a la DGII.

La idea es que el Estado pueda incrementar su capacidad recaudatoria, que es una de las más bajas de América Latina.

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