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Doble sueldo
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Para gravar salario de Navidad hay que modificar Código Laboral Dominicano

Centrales sindicales exigen eliminar del proyecto de ley de presupuesto propuesta de gravar salario de Navidad

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Para gravar salario de Navidad hay que modificar Código Laboral Dominicano
Rafael (Pepe) Abreu, presidente de la Confederación Nacional de la Unidad Sindical (CNUS). (ARCHIVO)

El ex vicepresidente de la República y abogado especialista en materia laboral, Rafael Alburquerque, dijo que para colocar impuestos a los salarios de Navidad hay que modificar el Artículo 222 del Código Laboral Dominicano.

“Habría que modificar el Artículo 222 del Código de Trabajo. Es un proyecto que está insertado en el Presupuesto y el Presupuesto tiene la vigencia de un solo año, entonces sería una especie de modificación para el 2021”, expresó el expresidente de la República.

El artículo 222 del Código de Trabajo establece que: “El salario de Navidad no es susceptible de gravamen, embargo, cesión o venta, ni está sujeto al impuesto sobre la renta”

Agregó que el partido Fuerza del Pueblo está planteando que no se incluya reforma fiscales dentro del Presupuesto y que se trate como dos agendas diferentes para tratar cualquier ingreso que quiera el Gobierno para hacerle frente a la situación económica por la que atraviesa el país producto de la pandemia.

De su lado, las centrales sindicales solicitan al Senado de la República que eliminen del proyecto de ley de presupuesto del Estado 2021 los planteamientos del Gobierno con relación a la colocación de impuestos al salario de Navidad.

Consideran que el sacrificio de la clase trabajadora ha sido demasiado grande para que se le castigue de nuevo con imponerle un impuesto al salario de Navidad o regalía pascual, “propuesta a todas luces inoportuna”.

Agregan que actualmente se discute en el Consejo Consultivo del Trabajo, integrado por representantes de los empleadores, trabajadores y el Gobierno, para encontrar un punto de acuerdo para el pago del salario de Navidad de 2020 a los trabajadores del sector privado afectados por el largo período de suspensión de sus contratos de trabajo a causa del COVID-19.

“Esperamos que el Senado pondere nuestros puntos de vista y elimine de una vez y por todas del proyecto de presupuesto de la nación de 2021, tanto la imposición de un impuesto al salario de Navidad que exceda del tope de exclusión del pago del impuesto sobre la renta como a suspender de nuevo el aplicar el ajuste por inflación anual a los salarios”, indica el documento entregado a Diario Libre.

“Subrepticiamente estos amigos, sin más para acá ni más para allá, buscan una modificación al artículo 222 del Código Laboral Dominicano pretendiendo una modificación a una ley sustantiva pasando en un tema referido a una situación que tiene que ver con la ley de presupuesto y gasto público. Nosotros decimos –sería que no había un abogado a un orientador que le dijera que ese es un derecho fundamental progresivo que no se puede modificar para retroceso, sino para avances”, indicó Rafael (Pepe) Abreu, presidente de la Confederación Nacional de la Unidad Sindical (CNUS).

Dijo que si se quiere modificar ese punto lo más correcto es, quizás, incorporarlo a una futura discusión de una posible reforma al Código Laboral, que sigue pendiente porque, como se sabe, nunca se llegó a un consenso en el pasado.

Las centrales dicen entender los apuros económicos del Gobierno debido a la pandemia del COVID-19, pero los fondos que se necesitan para mantener la economía nacional a flote, deben buscarse en los sectores “que se enriquecieron a ojos vistas del proceso que estamos viviendo desde comienzos de año, los cuales deben ser gravados con un porcentaje mayor que el contenido en el proyecto de Presupuesto comentado”.

Explican que de esa manera se evita cargar a los trabajadores asalariados con una nueva cuota de sacrificio.

“Si bien quedarían liberados los que devenguen salarios hasta el tope de exclusión para el pago del impuesto sobre la renta, que excede ligeramente los RDR$34,000.00 de ingresos mensuales, se trata de un tope que resulta ser falso porque las autoridades de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) se ha negado a aplicar al ajuste por inflación e 2017 reclamo que se encuentra en la Suprema Corte de Justicia en espera de decisión”, indica el documento.

Consideran injusto que se reitere la práctica negativa de suspender la aplicación del ajuste por inflación anual previsto en el Código Tributario, de tal manera que cada año aumente el tope del salario exento del pago del impuesto sobre la renta, ajuste que fue suspendido por primera vez mediante la ley 253-12, de fecha 9 de noviembre de 2012, que impuso una “reforma fiscal antojadiza y disfrazada”.

Las centrales sindicales explican que desde 2012 hasta 2020, el único año en que se ha aplicado el ajuste por inflación es en 2016, “desnaturalizando así el propósito de los artículos 296 y 327 del Código Tributario, que data de 1992, pero que sus redactores tenían más claro que los que elaboraron el proyecto el Presupuesto de la Nación para 2020, el alcance social de esa exención”.

El documento entregado a Diario Libre está firmado por Gabriel del Río Doñé, presidente la Confederación Autónoma Sindical Clasista (CASC), y Jacobo Ramos, presidente de la Confederacion Nacional de Trabajadores Dominicanos (CNTD).

TEMAS -

Graduado en comunicación social en la Universidad O&M. Cursó un Máster en Comercio Internacional en el Centro Europeo de Postgrado CEUPE, tiene varios diplomados en economía, aduanas, sector eléctrico, impuestos y periodismo de investigación.