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Personas que podrán optar por el reembolso de la tarjeta de turismo

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Personas que podrán optar por el reembolso de la tarjeta de turismo
La nueva norma de la Dirección General de Impuestos Internos se aplicaría en un plazo de 21 días.

SANTO DOMINGO. La nueva norma de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) a través de la cual se regula el cobro de las tarjetas de turismo mediante los boletos aéreos también señala las personas a las cuales se le reembolsará lo pagado por este concepto.

De acuerdo con el artículo 5 de la norma 08-2018, podrán optar por el reembolso: a) Las dominicanas y dominicanos; b) Los residentes en República Dominicana; c) Los funcionarios diplomáticos y consulares extranjeros acreditados en el país, mientras duren sus funciones y que ingresen en misión oficial.

Las solicitudes de reembolso podrán realizarse a través de las oficinas especializadas designadas por DGII y mediante el portal web de la DGII, sección de Tarjetas de Turista. “Una vez recibida la solicitud de reembolso, la DGII pondrá a disposición de los solicitantes las opciones de reembolso siguientes: (a) mediante acreditación automática en la tarjeta de crédito o débito utilizada para la adquisición del boleto aéreo; (b) mediante cheque de administración; o (c) mediante depósito a una cuenta bancaria”, indica la disposición oficial.

La entidad reguladora dice que en ningún caso el reembolso podrá exceder del plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del depósito de la solicitud, acompañada de la documentación correspondiente.

Y los contribuyentes de este tributo que requieran el reembolso, dispondrán de un plazo máximo desde la compra del boleto aéreo hasta treinta (30) días luego de la entrada a la República Dominicana, para solicitar el referido reembolso.

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