×
Compartir
Secciones
Última Hora
Podcasts
Encuestas
Servicios
Plaza Libre
Efemérides
Cumpleaños
RSS
Horóscopos
Crucigrama
Herramientas
Más
Contáctanos
Sobre Diario Libre
Aviso Legal
Versión Impresa
Redes Sociales
economia

Vehículos y mercancías países DR-Cafta no pagarán arancel

La medida entra en vigor el 1 de enero del 2010 y se espera beneficie a los consumidores

Expandir imagen
Vehículos y mercancías países DR-Cafta no pagarán arancel
Sacrificio oficial hasta abril 2008 por TLC fue RD$2,273.2MM. Archivo

SD.  A partir del 1 de enero del 2010 los vehículos y una gran cantidad de mercancías que lleguen al país provenientes de Estados Unidos y países de Centroamérica pagarán cero aranceles, por lo que se espera que los beneficios por su importación se transfieran a los consumidores.

De acuerdo a una información dada a conocer ayer por Industria y Comercio y la Dirección de Aduanas, al país entrarán una gran cantidad de mercancías libre del pago de impuestos arancelarios, en adición a  bienes que ya están en la canasta "A" y que pagan cero arancel, siempre que sean originarios de países parte del libre comercio conocido como DR-Cafta.

Entre los bienes que comenzarán a recibir los beneficios de tasa cero  al momento de su importación están las carnes de ave, pescados, mariscos, hortalizas, frutas; preparaciones alimenticias (tales como las llamadas compotas, jaleas  y mermeladas, confituras o dulces, conservas de frutas); jabones y artículos de higiene (tales como: cepillo de dientes, cepillos de peinar, preparaciones y detergentes).

También se incluyen materiales de empaque,  calzados para usos especiales como botas de seguridad y  calzados de protección; productos químicos,  aparatos electrónicos como cámaras y proyectores; baterías, neumáticos y partes para vehículos de motor, entre otros productos. Además de esas mercancías  y productos  pasarán a pagar cero aranceles los vehículos de motor, que se encuentran en la categoría de desgravación "X", los cuales tienen un arancel normal del 20% y se han venido desgravando desde marzo del 2007.

Para que un producto pueda ser beneficiado con la tasa cero debe ser originario de los países parte del acuerdo, entre los que están  Estados Unidos, Guatemala, Costa Rica, El Salvador, Honduras y Nicaragua.

Asimismo,  los importadores deberán demostrar que los  bienes importados cumplen con las reglas de origen  establecidas en el tratado y con los requisitos que en él se establecen.

Los bienes que se beneficiarán  están en la canasta "B" y forman parte 374 subpartidas arancelarias cuyos gravámenes arancelarios ad-valorem normales son: 8, 14, 20 y 25%. La aplicación no incluye el Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) y el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC). Los vehículos tienen que pagar ITBIS y pago de primera placa.

No pagarán

Dentro de las 374 subpartidas arancelarias que se beneficiarán con tasa cero desde el 1 de enero del 2010 se encuentran las carnes, pescados, mariscos, bebidas, jugos, dentro del renglón alimentos. Otros productos que no pagarán arancel son grasas y aceites animales, medicamentos, gomas para vehículos, medicamentos, maderas aserradas, prendas y complementos de vestir, electrodomésticos, ambulancia, vehículos fúnebres y camiones, papel, pañales desechables, asientos, camas y aparatos de alumbrado público. Asimismo, útiles deportivos, plásticos, calzados, chamán, vinos espumosos....