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Caso INTRANT vs plataformas digitales: Adaptación o extinción

Medidas propuestas por INTRANT impactan negativamente a usuarios y sectores turísticos

Caso podría marcar un precedente peligroso para la inversión y desarrollo tecnológico

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Caso INTRANT vs plataformas digitales: Adaptación o extinción

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en diariolibre.com

La obra de Charles Darwin sobre “El Origen de las especies” refleja una realidad que puede ser aplicada a los diferentes campos en el que la humanidad se desarrolla, incluido el de negocios; tal como explicó el científico “no es el más fuerte de las especies el que sobrevive, tampoco es el más inteligente el que sobrevive; es aquel que es más adaptable al cambio”.

El desarrollo de nuevas tecnologías lleva a que estas causen disrupción en mercados con procesos ya establecidos por un buen tiempo, por lo que la adopción de dichas innovaciones, no son siempre positivas ni suceden a una velocidad vertiginosa como en principio se pensaría.

La premisa en el proceso de concepción de algún producto o servicio parte de ofrecer solución a un problema en específico o de facilitar los procesos que realizan los usuarios para lograr su objetivo; y esta no es la excepción en el sector de servicios de transporte.

Desde hace días en el país se viene debatiendo sobre las medidas que ha decidido tomar el Instituto Nacional de Tránsito Terrestre (INTRANT) con relación a las plataformas digitales que sirven de intermediarios para aquellos que ofrecen servicios de transporte.

Para entender el contexto en el que se desarrolla este debate, es importante partir de la dicotomía entre ambos actores que parte del deseo de las autoridades de darle una clasificación de “taxi” a estas plataformas, las cuales fueron concebidas y se identifican como compañías intermediarias y tecnológicas que ofrecen eso, una plataforma digital para aquellos que quieran prestar servicios de transporte.

Las medidas propuestas por el INTRANT se encuentran contenidas en la Normativa Técnica del Servicio de Transporte de Taxis. Dentro de estas se encuentran el registro obligatorio en la institución pública, el nombre de su representante legal, documentos constitutivos, el Registro Nacional de Contribuyentes, y el listado de los conductores que se encuentran registrados y autorizados mediante un carnet emitido por la institución pública. Además, dichas plataformas tendrán la obligación de contar con una póliza de responsabilidad civil que sirva para cubrir los riesgos por lesiones, muertes, e incapacidad temporal o permanente. También la de que los vehículos que utilicen no pueden exceder los 15 años de fabricación.

Otras medias incluyen que los conductores afiliados a estas plataformas digitales no podrán ofrecer sus servicios a clientes que no estén a no menos de un kilómetro de la entrada principal de hoteles en las regiones del este y norte del país, y a 200 metros en el Gran Santo Domingo.

Hasta este punto podemos darnos cuenta de que algunas medidas como las del tiempo de fabricación y la póliza de responsabilidad civil hacen sentido, buscan minimizar las emisiones de dióxido de carbono con autos más modernos, eficientes y con mejores tecnologías que incrementen los niveles de seguridad de los pasajeros.

Sin embargo, medidas como las de las distancias de servicios son simplemente absurdas e impactan de manera negativa a los usuarios y a sectores fundamentales para el país, como lo es el turismo.

La idea de que uno de estos servicios de transporte deje a un turista a una distancia de un kilómetro de su destino final es un golpe directo a la imagen turística del país.

Un elemento que llama la atención es que en República Dominicana existen múltiples disposiciones legales para regular el sector, y que inicia con la Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, la cual establece las instituciones responsables de planificar y ejecutar los elementos anteriormente mencionados y de igual forma la normativa.

A través de las mesas técnicas conformadas, en el mes de abril, entre instituciones gubernamentales para determinar el Reglamento de Servicios Transporte en Taxis. El pasado 17 de agosto, el presidente de la República, Luis Abinader, mediante el decreto No. 515-21 se aprobó dicha ordenanza.

En el documento aprobado se establecen dos categorías de servicio de transporte: 1) público y 2) privado.

Además, en el “Título II: Disposiciones generales del servicio de transporte en taxis” segmenta las modalidades de prestación de servicio de taxi en cuatro. Independientes, aquel operado por personas físicas autorizadas por el INTRANT, y los operadores solo pueden recoger y dejar pasajeros en el origen y destinos solicitados.

Los estacionarios, serán aquellos operados por una empresa con una flota mínima.

Los “taxis por comunicación o plataformas tecnológicas” serán aquellos operados “sin obligatoriedad de un color determinado ni franja, y únicamente podrá recoger y dejar pasajeros en los lugares que estos indiquen a través de cualquier plataforma”.

Por último, están los “taxis turísticos”, los cuales podrán ser operados por personas físicas o jurídicas, y en donde “el servicio será provisto en lugares de interés turístico y cultural, para trasladar a turistas o excursiones en vehículos de óptima calidad.”

Levanta dudas algunas incoherencias entre el documento emitido por el Poder Ejecutivo y la normativa colocada en consulta pública por el INTRANT, en este último se cambian algunas disposiciones ya establecidas en el decreto 515-21.

Impacto económico

Los Digital Ride-Hailing Services como se les conoce a estas plataformas han servido para dinamizar las economías en las que operan. En 2020, estas generaron en República Dominicana unos 30 millones dólares, y se estima que estos logren cerca de 43 millones de dólares en todo el 2021, de acuerdo con datos del reporte de economía digital de la empresa Tabuga.

“Las plataformas tecnológicas son parte del ecosistema de aceleración empresarial que ha logrado catalizar la economía digital, creando oportunidades nunca vistas en el país. Consideramos que las autoridades deben incorporar la conversación sobre el impacto de estas a espacios como la Agenda Digital, a fin de crear las directrices que puedan habilitar a la República Dominicana como un “Hub Tecnológico” que atraiga la inversión extranjera digital. Las acciones del INTRANT y el Gabinete de Turismo son un reflejo de esta falta de coordinación entre los actores de la “Agenda Digital”, expresó Arturo López Valerio, empresario tecnológico.

Competir o morir

Las medidas tomadas por el INTRANT rompen con la cadena de competencia que debe de existir en los mercados libres para lograr el desarrollo de estos.

La llegada de las plataformas digitales de servicio de transporte tomó por sorpresa a las empresas tradicionales, las cuales vieron en dichas herramientas digitales su mayor competencia. Sin embargo, la gran mayoría eligió irse por el camino de tratar de bloquear a dichas empresas, en vez de aprovechar el auge tecnológico que vive el mundo y competir en el mismo terreno; ya la demanda de los usuarios expresaba favoritismo por un servicio digital, intuitivo, eficiente y seguro.

Bloquear la utilización de nuevas tecnologías es negarse al proceso de adaptación del que Darwin hablaba en el Origen de las especies. El actual caso en el sector de transporte es solo un ejemplo de lo que puede ocurrir en otros sectores; aquellos actores que no se adapten a los cambios e innoven en la oferta de sus productos o servicios, están destinado a la extinción.

TEMAS -

Comunicador y mercadólogo, especialista en desarrollo de proyectos y marcas, manejo de nuevas tecnologías y analista de deportes y tecnología de consumo.