Compartir
Secciones
Podcasts
Última Hora
Encuestas
Servicios
Plaza Libre
Efemérides
Cumpleaños
RSS
Horóscopos
Crucigrama
Más
Contáctanos
Sobre Diario Libre
Aviso Legal
Versión Impresa
versión impresa
Redes Sociales

Declaratoria de emergencia ambiental implica la intervención del vertedero Duquesa

Expandir imagen
Declaratoria de emergencia ambiental implica la intervención del vertedero Duquesa

SANTO DOMINGO. La declaratoria de emergencia ambiental por parte de los ministerios de Medio Ambiente y Salud Pública contemplado en la Ley General sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales (64-00) sostiene en el artículo 55 que esas instituciones junto al ayuntamiento correspondiente “establecerá de inmediato las medidas de seguridad aprobadas en beneficio del bien común”.

Aunque la ley de Medio Ambiente no contempla de manera expresa que esos ministerios tomarían control de la locación que se declara en emergencia ambiental, se recuerda que en enero de 2015 el ayuntamiento de San Cristóbal fue declarado en emergencia ambiental y el manejo de los desechos sólidos pasó a control de los ministerios de Medio Ambiente, Salud Pública y Obras Públicas.

El comunicado de Medio Ambiente sostiene que ese ministerio y el de Salud Pública “intervengan en la recuperación ambiental y sanitaria del Vertedero ubicado en Santo Domingo Norte a la mayor brevedad posible”.

El artículo 76 indica que “las consecuencias de desastres ambientales originados por negligencia serán responsabilidad exclusiva de las personas o entidades causantes de los mismos, las cuales deberán reponer o restaurar las áreas o recursos destruidos o afectados, si ello fuese posible, y responder penal y civilmente por los daños causados”.

El artículo 77 establece que “todos los organismos del Estado y las instituciones privadas desarrollarán acciones de capacitación para su personal acerca de los planes de contingencia que se adoptarán en caso de desastre ambiental, para lo cual se establecerá la debida coordinación institucional, especialmente con la Defensa Civil”.

El artículo 78 señala que “el Poder Ejecutivo, a propuesta de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales, podrá declarar como áreas de riesgo ambiental en sus diversos niveles, las zonas cuyo índice de contaminación sobrepase los límites permisibles y que constituyan un peligro real identificado para la salud y el ambiente. En las mismas se aplicarán las medidas de control que sean necesarias”.

La respuesta de Lajún

En un escueto comunicado Lajún Corporation indica que “Lajún no pretende ser un problema, si la solución a un conflicto que ya dura demasiado. Para ello continúa estrechando la mano del Gobierno para darle a entender, y también a la ciudadanía, que juntos pueden resolver un problema que nos afecta a todos. Lo que la opinión pública debe saber es que tan solo necesitamos un precio justo, digno y sostenible para operar” y mantiene su posición de que se incrementen sus ingresos por tonelada de basura manejada a la vez de reiterarse como “compañía propietaria y gestora del relleno sanitario de la zona de Duquesa”.

TEMAS -