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Presidente de Colombia anuncia "emergencia económica" para afrontar letal terremoto

Las zonas más afectadas por el terremoto de magnitud 7.4 incluyen Chocó, Risaralda, Caldas, Quindío y Valle del Cauca, donde se han reportado 496 desaparecidos

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Presidente de Colombia anuncia emergencia económica para afrontar letal terremoto
Terremoto de Colombia (JAIME SALDARRIAGA/AFP)

El presidente ultraderechista Abelardo de la Espriella anunció el miércoles que declarará la emergencia económica en Colombia para afrontar el terremoto que deja miles de víctimas, una medida que lo faculta a decretar impuestos y modificar el presupuesto sin pasar por el Congreso.

El gobierno determinó "hacer uso de la emergencia económica", señaló el mandatario, quien asumió el 7 de agosto con la consigna de no crear más tributos pese a haber encontrado, según él, un Estado desfinanciado.

De la Espriella también anunció ante la prensa la creación de un fondo para atender a las víctimas del sismo, con "aportes nacionales e internacionales" para la reconstrucción de hospitales, centros educativos, inmuebles y vías, así como los cinco aeropuertos que se vieron afectados por el terremoto.

Reiteró que habrá subsidios de arrendamiento y para el pago de servicios públicos de los afectados.

Situación actual

El balance hasta ahora es de 265 fallecidos, 496 personas desaparecidas y 25,872 familias afectadas. Las zonas más golpeadas por el terremoto de magnitud de 7.4 son Chocó, Risaralda, Caldas, Quindío y Valle del Cauca.

"Esta crisis nos agarra en un momento difícil, en medio de una crisis fiscal, la más compleja en la historia republicana de nuestro país. Tenemos el más alto nivel de endeudamiento, una estrechez total en recursos de tesorería y un presupuesto público desfinanciado", dijo el mandatario.

Medidas anunciadas

  • El grueso de las medidas de la emergencia solo se conocerán cuando el gobierno publique el decreto.

Sin embargo, su finalidad práctica, de acuerdo con la Constitución, es crear nuevos impuestos sin que deban ser aprobados por el Congreso. La medida podrá estar vigente por un periodo máximo de 90 días.

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