Compartir
Secciones
Podcasts
Última Hora
Encuestas
Servicios
Plaza Libre
Efemérides
Cumpleaños
RSS
Horóscopos
Crucigrama
Más
Contáctanos
Sobre Diario Libre
Aviso Legal
Versión Impresa
versión impresa
Redes Sociales
Deuda
Deuda

Embargan cuenta del Ayuntamiento de Santiago

Expandir imagen
Embargan cuenta del Ayuntamiento de Santiago
Fachada del Ayuntamiento de Santiago.

SANTIAGO. La cuenta que tiene el Ayuntamiento local en la Corporación del Acueducto y Alcantarillado de esta ciudad (CORAASAN) a través de la cual recibe los ingresos por la recolección de los desperdicios ha recibido un embargo retentivo u oposición de pago por un monto de 84 millones de pesos, luego de que un empresario de la construcción reclamara al cabildo el pago de un trabajo realizado en la gestión del exalcalde Gilberto Serulle.

El embargo en cuestión u oposición de pago fue realizado mediante el acto de alguacil número 060-2017, el pasado miércoles, en virtud de la sentencia y certificaciones emitidos como pruebas por la oficina de abogados que representa al empresario Rafael Conrado Santos.

Según la oficina del abogado Marte, el pasado 6 de abril del 2016, la Suprema Corte de Justicia dictó la sentencia número 225, donde declaraba inadmisible el recurso de casación por parte del Ayuntamiento, sobre una condena en primer grado y en apelación al pago de una deuda de RD$12,814,769.59 por construcciones realizadas no pagadas al señor Conrado Santos, la cual habría sido notificada el 31 de mayo del 2016.

Asimismo, dijo que el 12 de agosto del 2016, el cabildo había notificado que la referida deuda estaba incluida en el presupuesto del 2017, sin embargo, la misma no ha sido saldada por las autoridades municipales.

“El día 1 de diciembre del 2016 el cabildo, representado por el alcalde Abel Martínez, que tiene como abogados a los señores Rafael Ceballos y Eduardo Hernández, notificó a la oficina de abogados Claudio Marte que la deuda había sido incluida en el presupuesto del 2017 por la suma de RD$27,959, 900.59”, precisó la oficina de Marte.

Explicó que el cabildo local ha estado violando el artículo 3 de la ley 86-11 sobre Fondos Públicos, en donde expresa : “las sentencias dictadas por órganos jurisdicciones que condenen al Estado, al Distrito Nacional, los municipios, los distritos municipales y los organismos autónomos o descentralizados no financieros, al pago de sumas de dinero, una vez adquieran la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada, serán satisfechas con cargo a la partida presupuestaria de la entidad pública afectada con la sentencia”.

Si se aplicara este embargo contra el Ayuntamiento, dejaría de percibir de parte de CORAASAN, unos 13 millones de pesos mensuales por concepto del cobro de la recogida de basura, que se hace a través de la empresa que distribuye el agua aquí.

El Ayuntamiento local enfrenta varias demandas por parte de contratistas que no han cobrado trabajos realizados en la pasada gestión del 2010-2016.

TEMAS -