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Paradas improvisadas son obstáculos para el tráfico en las vías de la ciudad

El INTRANT debe regular estas paradas según ley 63-17, artículo 57

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Paradas improvisadas son obstáculos para el tráfico en las vías de la ciudad
Obstáculos Lope de Vega

SANTO DOMINGO. En una ciudad con sus vías cada vez más congestionadas de vehículos, las paradas improvisadas del transporte público representan un obstáculo para el buen flujo del tráfico y la circulación peatonal.

En la avenida Lope de Vega, casi esquina José Amado Soler, queda evidenciada la imprudencia de decenas de chóferes de carros públicos de la ruta del mismo nombre, que suelen estacionarse encima del paso peatonal a esperar pasajeros, provocando frecuentemente un estancamiento en la zona.

Lo mismo ocurre en la avenida Simón Bolívar con Máximo Gómez. Por años las rutas de San Cristóbal y los carros públicos han hecho del lugar una parada que ocupa buena parte de ese perímetro, ante los esfuerzos sin éxito de la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (DIGESETT).

Otros puntos similares fueron identificados en el kilómetro 9 de la autopista Duarte, donde concurren varias rutas y paradas del transporte urbano e interurbano. La situación es más crítica por el gran flujo de pasajeros del metro que allí llega. En este lugar los carros y guaguas recogen y dejan pasajeros en plena curva del distribuidor que da acceso a la avenida Luperón.

Las compañías de taxi en la ciudad no tienen lugares fijos para estacionarse, generando que sus flotillas utilicen las vías y otros rincones de la ciudad mientras esperan el aviso de servicios.

El artículo 82 de la ley 63-17, de Movilidad, Tránsito, Transporte Terrestre y Seguridad Vial, dice que los taxis estacionarios serán autorizados por el INTRANT, según sea el caso, la cual establecerá un local público para estacionar las unidades, y los conductores podrán también recoger y dejar pasajeros en las paradas determinadas para tales fines en la vía pública.

La misma ley en su artículo 57, establece en un sistema de paradas públicas de pasajeros urbano e interurbano y su localización dentro de las áreas urbanas por las cuales pasen rutas interurbanas será diseñada y regulada por el INTRANT, de acuerdo a las necesidades del mismo, en coordinación con los ayuntamientos.

Dice que ese sistema de paradas será obligatorio para los prestadores del servicio público de transporte público y los usuarios. Los conductores únicamente podrán procurar el ascenso y descenso de pasajeros en las paradas o terminales indicadas.

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