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Caso Odebrecht
Caso Odebrecht

Hoy el Pleno de la Suprema podría conocer recusación a Francisco Ortega

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Hoy el Pleno de la Suprema podría conocer recusación a Francisco Ortega
El juez Francisco Ortega sobreseyó el caso. (NEHEMIAS ALVINO)

SANTO DOMINGO. El pleno de la Suprema Corte de Justicia podría conocer hoy la nueva recusación y solicitud de inhibición a Francisco Ortega Polanco, juez de la Instrucción Especial designado para conocer la solicitud de apertura a juicio contra los siete imputados por los sobornos pagados por Odebrecht. La secretaría general de la Suprema comunicó ayer que remitieron al pleno la instancia de Andrés Bautista García, por los pronunciamientos de la procuradora adjunta, Laura Guerrero Pelletier, directora de la Procuraduría Especializada en Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA).

Ortega Polanco, sobreseyó la pasada semana el conocimiento del auto de apertura juicio que hace la procuraduría contra Bautista García, Ángel Rondón Rijo, Tommy Galán, Víctor Díaz Rúa, Conrado Pittaluga Arzeno, Juan Roberto Rodríguez Hernández y Jesús Vásquez, hasta que la Suprema diga si permanecerá con el caso o se le asignará a otro magistrado.

Sin emitir juicios sobre la solicitud de inhibición, el juez dio por concluida la audiencia del 6 de julio para remitir un informe al pleno.

Los abogados de Bautista García consideran que el actual magistrado tiene un aparente interés en conocer el proceso y que el hecho de que Guerrero Pelletier dijera que los imputados pudieran buscar jueces favorables, deja entre ver que él es que “favorece a sus intereses”.

Consideraciones pleno

Cuatro de los siete imputados por los sobornos pagados por la compañía brasileña del 2000 al 2014 habían objetado la permanencia de Francisco Ortega en el caso, por considerar que ya está prejuzgado en virtud de que fue quien instruyó el proceso en la etapa investigativa, impuso y varió medidas de coerción, así como, ordenar al Ministerio Público entregar pruebas a los imputados.

El pleno rechazó las solicitudes de inhibición y recusación por considerar que las actuaciones del magistrado, no han permitido apreciar que “haya hecho pronunciamientos ni realizado aspectos que impliquen juicios sobre los hechos que constituyen elementos básicos a examinar como necesarios en la etapa preliminar subsiguiente a aquella en que participó”.

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El Código Procesal Penal otorga tres día para responder esos aspectos.

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