Compartir
Secciones
Podcasts
Última Hora
Encuestas
Servicios
Plaza Libre
Efemérides
Cumpleaños
RSS
Horóscopos
Crucigrama
Más
Contáctanos
Sobre Diario Libre
Aviso Legal
Versión Impresa
versión impresa
Redes Sociales
Reelección
Reelección

Lucha de tendencias en PLD llega a audiencia Tribunal Constitucional

El Senado deja al TC que decida, pero la Cámara Baja solicita rechazar el recurso

Expandir imagen
Lucha de tendencias en PLD llega a audiencia Tribunal Constitucional
La Cámara de Diputados y el Senado, actúan como autoridad que emana la norma atacada. (ARCHIVO/LUIS GÓMEZ)

SANTO DOMINGO. La lucha de tendencias que afecta al Partido de la Liberación Dominicana (PLD) se sintió ayer en el Tribunal Constitucional durante el conocimiento del recurso que busca habilitar la repostulación del mandatario Danilo Medina.

La Cámara de Diputados pidió declarar inadmisible la acción y el Senado lo dejó a la libre apreciación de los jueces.

En la audiencia en que es atacada la disposición vigésima de la Constitución que establece que “en el caso de que el Presidente de la República correspondiente al período constitucional 2012-2016 sea candidato al mismo cargo para el período constitucional 2016-2020, no podrá presentarse para el siguiente período ni a ningún otro período, así como tampoco a la Vicepresidencia de la República”, el Ministerio Público apeló a las facultades de no emitir opinión.

Las posiciones de los órganos que integran la Asamblea Nacional se registran en momentos en que sus presidentes se mantienen enfrentados por el tema de las primarias que, dentro de la Ley de Partidos, se discute en la Cámara Baja. Rubén Maldonado, presidente de la Cámara de Diputados, pertenece a la corriente de Leonel Fernández y Reinaldo Pared Pérez, presidente del Senado, es uno de los defensores de la posición de Medina.

Ayer el Tribunal Constitucional conoció la acción directa de inconstitucionalidad elevada por el abogado Fredermiro Ferreras Díaz, en contra de la disposición transitoria vigésima de la Constitución, del 2015, que prohíbe la reelección del presidente Medina.

Los jueces otorgaron un plazo de seis días, los tres primeros para que el interviniente voluntario José Sánchez Lebrón presente su escrito justificatorio con respecto a la intervención y los tres restantes para que las partes se refieran a la instancia. Agotado el plazo el expediente queda en estado de fallo.

TEMAS -