Luces y sombras de la reforma tributaria
La ley 30-26 se acoge a los lineamientos tributarios internacionales. A pesar de favorecer las inversiones, podría resultar de compleja aplicación y es insuficiente

Ya promulgada la Ley 30-26 es bueno aclarar que esta consiste más bien en una reforma tributaria que en una reforma fiscal integral. La ley contempla varios cambios importantes: Solo permite acogerse a un tipo de régimen impositivo evitando duplicaciones de beneficios fiscales, las cuales deberán someterse a estudios de factibilidad que permitan cuantificar el análisis costo-beneficio de los incentivos (no queda claro si esto aplica solo a nuevas solicitudes). Esto debe contribuir a una mayor eficiencia.
Grava con un 10 % las ganancias de capital inmobiliarias y con 15 % a los alquileres, servicios ´humanos´ y cualquier otro tipo de renta incluyendo pagos al exterior y servicios digitales. Además, establece un 5 % sobre compras del Estado. El costo estimado del consumo público aumentaría en unos RD$ 8,000 millones. ¿Será inflacionaria esa medida neutra de gasto? ¿Caerá el consumo privado? ¿Aumentará el precio de la vivienda? No obstante, hay disposiciones importantes que favorecen las inversiones nuevas.
La ley también grava toda ´renta de fuente dominicana y extranjera proveniente de inversiones, ganancias financieras y servicios de asistencia técnica´. Esto será difícil de implementar y requerirá elaborar acuerdos para evitar doble tributación.
Muchas de estas medidas están alineadas con las tendencias impositivas internacionales que buscan adaptarse a las nuevas formas comercio y consumo. ¿Cómo y quién debe cobrar impuestos a un nacional del país A, que vive en el país B, ofrece servicios en el país C, a una empresa con sede en país D?
Así, las nuevas disposiciones tributarias concuerdan con los lineamientos internacionales que buscan establecer un impuesto mínimo global del 15 % para reducir la evasión internacional y limitar la competencia de impuestos. Estudios indican que esta medida produciría ganancias modestas pero positivas aun cuando no se logre la adopción universal. Esto requerirá mucha coordinación internacional y una supervisión cada vez más universal.
Debe señalarse que, en los países de la OECD, organización a la cual R.D. aspira, las tasas marginales de impuestos vienen rebajándose y descansan mayormente sobre los impuestos al empleo formal y de valor agregado (ITBIS). Ambos impuestos ya se encuentran en niveles altos en el país.
Por otro lado, una reforma fiscal requiere modificar la estructura del sistema de ingresos y gastos públicos. La Ley 30-26 no vino acompañada de ninguna propuesta de modificación del gasto público a pesar de que hace tiempo que el gasto corriente ha ahogado al gasto de capital a mínimos históricos.
Esta ley no ha encontrado gran oposición ya que se beneficia de condiciones excepcionales a favor: las disposiciones nuevas son progresivas, gravando principalmente a los estratos de ingresos más altos, aunque la rebaja del impuesto sucesoral al 3 %, nivel utilizado comúnmente en otros países, también favorece a este grupo. Segundo, ocurre en un contexto internacional que materializó un sacrificio fiscal en la forma de mayores subsidios a los hidrocarburos. Aunque este subsidio pudiera beneficiar más a los usuarios de vehículos privados, su impacto es más significativo para aquellos que utilizan transporte público.
En ese sentido, es importante es reconocer que los RD$60,000 millones de recaudaciones adicionales estimadas apenas cubrirían un aumento de 3.7 % del gasto total presupuestado. O podrían aumentar el gasto de capital en un 23 %, o aumentar el gasto corriente en solo 4.1 %. Con relación a los subsidios, se reporta que el alza del petróleo ha aumentado en RD$4,000 millones el subsidio pero que el aumento mínimo de precio permitirá recaudar RD$12,000 a lo largo del año por lo que no parece que los ingresos se destinarían a este rubro.
Esperemos que cuando se replantee a futuro una modificación tributaria esta sea una reforma fiscal que incluya una readecuación de la cantidad y calidad del gasto público que permita reducir nuevos endeudamientos.

Ellen Pérez Ducy