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El derecho a publicar la realidad

El llamado derecho al olvido no es tal cosa

Últimamente, los medios de comunicación hemos recibido un bombardeo de solicitudes de personas que quieren que se borre del mundo digital lo que fue su accionar en un momento particular.

Abogados listos ofrecen, a cambio de un generoso cobro, llevar un pleito y “limpiar” el récord digital de las personas que así lo quieren.

El último de ellos es  el exprocurador general Jean Alain Rodríguez, quien pretende sea borrada la memoria de lo que fueron hechos concretos y palpables en su vida.

Sepan quienes tienen esas aspiraciones que el Tribunal Constitucional fue claro en una decisión reciente y los medios están obligados a corregir información sólo cuando esta sea “falsa, errónea o discriminatoria”. En concreto, si un hecho ocurrió y se reporta correctamente, citando una fuente oficial, no hay nada que borrar, lo que sí queda es la responsabilidad intrínseca del periodismo de publicar la última información disponible.

El derecho a publicar la realidad de lo que pasa no puede ser vetado ni alterado, por lo que eso que llaman el derecho al olvido no es tal cosa. Sí siempre habrá espacio a la réplica, porque eso es parte de nuestra santa misión de informar.

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