El interés público
Lo que distingue a las instituciones públicas de las privadas es que las primeras tienen intereses institucionales propios distintos de todos los de los otros grupos. Es decir, su interés propio es distinto del de los individuos que las conforman y del interés de las organizaciones privadas.
Las instituciones del Gobierno realizan una labor en favor del interés público, manejando recursos que no son propios del organismo, sino que son contribuidos por los ciudadanos en favor del bien común.
El desarrollo de este valor -el interés público- es lo que se denomina institucionalidad, que está por encima del interés particular y que se orienta a un servicio a la comunidad.
El problema en nuestros países es que el interés público no logra su pleno desarrollo y los gerentes de las instituciones públicas las usan para su provecho personal en forma de corrupción económica, de favores personales, de nepotismo y de conflicto de intereses.
Todo ello es posible también porque los organismos de control y de sanción están afectados por la misma enfermedad. Así, no puede haber confianza.
