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En directo - Inversión del fardo de la prueba

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En directo - Inversión del fardo de la prueba
La Sociedad Dominicana ha reclamado por muchos años que se invierta el Fardo de la Prueba, para que así sea más fácil poder mitigar el flagelo de la Corrupción Administrativa. Invertir el Fardo de la Prueba significa que los funcionarios públicos tienen la obligación de probar el origen de sus bienes.

El presidente Leonel Fernández, en sus discursos de campaña en el año 1996, propuso en forma vehemente que se insertara en el ordenamiento jurídico nacional la inversión del fardo de la prueba en los casos de corrupción, para que en vez del Ministerio Público tener que demostrar la culpabilidad de los acusados, fueran los acusados quienes tuvieran que demostrar su inocencia, o sea, que probaran que NO son culpables. Sin embargo, esto no pudo ser posible y las autoridades aún tienen que indagar, documentar y justificar el origen ilícito de los bienes adquiridos por los funcionarios sometidos por actos de corrupción.

La propuesta del Presidente Fernández se hizo realidad, por lo menos desde el punto de vista Constitucional, ya que el numeral 3 de la nueva Constitución, aprobada en Enero de 2010, dice lo siguiente: "Es obligatoria, de acuerdo con lo dispuesto por la ley, la declaración jurada de bienes de las y los funcionarios públicos, a quienes corresponde siempre probar el origen de sus bienes, antes y después de haber finalizado sus funciones o a requerimiento de autoridad competente."

Esto último es una verdadera revolución constitucional y parece que la ciudadanía no la conoce, no les importa o, por el contrario, les perjudica; ya que no hemos visto la divulgación masiva de esta conquista y el reconocimiento al presidente Fernández por cumplir con su promesa.

Ahora bien, la ley vigente sobre las Declaraciones Juradas de Bienes, Ley 82-79, es sumamente débil, y requiere de una gran transformación para que pueda ser adaptada a lo que establece ese artículo de la nueva Constitución.

En este sentido, el Senador Charlie Mariotti ha propuesto su modificación y ha presentado un proyecto de Ley sobre Declaraciones Juradas de Patrimonio y Enriquecimiento Ilícito. Este proyecto extiende su alcance a una mayor escala de funcionarios públicos, modifica la forma y tiempo de su presentación, precisa que debe ser preparada cada dos años, desglosa claramente lo que se tiene que declarar, especifica los órganos responsables de su aplicación, y establece las sanciones por el enriquecimiento ilícito.

Este proyecto de Ley, en su artículo 19 indica que, para la efectiva aplicación de la ley, las autoridades competentes no estarán limitadas por el Secreto Bancario, fiduciario o fiscal; por lo cual se podrá solicitar cualquier información relacionada con movimientos financieros de cualquier naturaleza de los funcionarios, sus familiares y estrechos colaboradores. De igual forma, la DGII estará en condición de entregar informaciones relacionadas con las declaraciones juradas de esos funcionarios investigados.

El proyecto ha sido aprobado en el Senado de la República y fue remitido a la Cámara de Diputados. En el Senado no hubo objeciones y demostró la voluntad política del partido en el poder, pues tiene 30 de 32 senadores. Ahora bien, la Cámara de Diputados es donde se va a demostrar si realmente los partidos mayoritarios tienen voluntad para aplicar una ley de esta naturaleza. Dado que el tema de campaña del Partido Revolucionario Dominicano es LA CORRUPCIÓN ADMINISTRATIVA, veamos cómo se comportan los legisladores del PRD con este proyecto, ahora que el proyecto de ley está en sus manos y que, convertido en ley, eventualmente les será de aplicable a ellos mismos. ¡Vigilemos la forma en cómo actúan todos nuestros DIPUTADOS!

En un próximo artículo analizaré el proyecto de ley, para recomendar algunos aspectos que fortalecerían aún más la Lucha Contra la Corrupción.

Contador Público Autorizado y Ex Presidente de la Cámara de Cuentas