¿Compromiso sin sanciones?
El Pleno de la JCE promovió “un compromiso de prudencia”, cuando en realidad lo que corresponde es un compromiso para hacer “respetar la ley”
Dos hechos graves hicieron, ¡por fin! al Pleno de la Junta Central Electoral reaccionar.
El primero fue la llamada “consulta” organizada por el peledé para elegir su candidato a la presidencia de la República. El segundo la respuesta que le dio el pereeme al resultado de esa consulta, organizando un acto reeleccionista en la “Arena del Cibao” para pedir “4 años más” para el actual presidente de la República.
La reacción del Pleno de la JCE se concretó a la convocatoria de una reunión de los partidos y movimientos políticos el pasado jueves 27 en la sede del órgano electoral. La JCE valora que lo ocurrido fue un “desbordamiento del proselitismo electoral”, cuando en realidad estamos frente a una descarada violación de la normativa electoral por parte de estos dos partidos. El Pleno promovió en el encuentro “un compromiso de prudencia”, cuando en realidad lo que corresponde es un compromiso para hacer “respetar la ley”.
A menos de dos años de las votaciones de 2024, el pleno de la JCE tiene la posibilidad de sentar precedentes para garantizar que los actores políticos respeten la ley electoral. Si ahora, por no afectar a estos dos partidos mayoritarios, uno de ellos el que gobierna, el Pleno da muestras de falta el carácter para actuar conforme sus obligaciones y facultades, puedo asegurar que estamos en el inicio de una nueva crisis electoral, como sucede cada 4 años, salvo muy contadas elecciones.
Actualmente, conforme la ley electoral, los partidos políticos solo están facultados para realizar actividades internas como reuniones ordinarias, declaraciones institucionales sobre la situación del país, desarrollar los procesos definidos en sus estatutos para la conformación de sus órganos directivos, así como la labor de afiliación de ciudadanos para el crecimiento del partido.
Adicionalmente la ley electoral prevé los periodos de precampaña y de campaña electoral. En la primera lo determinante es la promoción de precandidaturas para definir las candidaturas a los cargos de elección popular y en la segunda es el periodo de promoción de las candidaturas hasta la celebración de las votaciones. Conforme la ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, el periodo de precampaña para escogencia de sus candidatos se inicia el primer domingo del mes de julio del año preelectoral (en este caso 2023) y concluye con la escogencia de los candidatos. En el caso de los partidos que celebren primarias éstas se llevaran a cabo a más tardar el primer domingo de octubre del año preelectoral. Para las demás modalidades de elección, el último domingo de octubre.
Como puede constatarse, conforme las disposiciones de la ley, ni estamos en precampaña ni en campaña electoral y, por tanto, no hay modo de justificar los eventos típicamente electorales de precampaña y hasta de campaña que vienen realizando el peledé y el pereeme.
Incluso, el actual Pleno de la JCE emitió la Resolución No. 28/2021 el 13 de octubre de 2021, en la que de modo expreso prohibía un conjunto de actividades que procedo a enumerar: 1) Realización de Mítines, caravanas y concentraciones de personas en lugares públicos; 2) Colocación de vallas, afiches o cruza calles en las cuales se pueda verificar la propuesta de precandidatura o el cargo al que se pretende aspirar, a menos que las mismas sean colocadas y utilizadas en el interior de los locales partidarios, y que no sean visibles al exterior del mismo; 3) Colocación de mensajes o promociones pagadas de índole política en los medios radiales, televisivos, medios de mensajería instantánea, entre otros; 4) Promoción y reconocimiento por parte de los partidos, agrupaciones y movimientos políticos a los y las aspirantes como precandidatos/as o candidatos/as para ninguno de los niveles de elección previstos en la ley; 5) La utilización de altoparlantes, bocinas y disco light promocionando a los aspirantes ante la población; 6) La producción y uso de propaganda alusiva a los aspirantes, en grupo de personas, como son camisetas, gorras, banderas, cintillos promocionales, salvo que los mismos sean utilizados de manera exclusiva en el interior de los locales de las organizaciones políticas a propósito de una actividad interna; 7) Contratación para la difusión de publicidad o propaganda a través de los medios de comunicación televisivos, radial y redes sociales, y que tengan como propósito promocionar a los aspirantes; entre otras establecidas en la referida resolución; 8) La realización de marchas, mítines o propaganda de cualquier tipo en los actos públicos realizados por entidades estatales, que promuevan un determinado aspirante y que afecte la solemnidad institucional que debe caracterizar a estos eventos;
A todas estas violaciones hay que agregar el uso intenso y manipulado que hacen de supuestas encuestas, en franca violación de la ley electoral que dispone un registro en la JCE de las firmas encuestadoras en materia electoral y política, siendo éste un requisito fundamental para la realización y publicación de encuestas y sondeos de opinión.
Puede afirmarse que la anterior enumeración constituye el decálogo preciso de todo cuanto han hecho el peledé y el pereeme, el primero, en la ilegal precampaña instalada para elegir su candidato y, el segundo, en la promoción de la reelección de Luis Abinader.
Hay que agregar que estos partidos han invertido cientos de millones de pesos en la consulta y en la promoción de la reelección. Nadie sabe, aunque se sospecha, cuál es el origen de los fondos, ni cuanto es el monto invertido y no hay señales de que presentarán algún informe a la JCE al respecto.
Es importante dejar constancia que la ley 33-18 consigna de forma precisa en su articulo 78.8 que “los aspirantes que inicien su campaña antes del tiempo oficial de campaña o precampaña serán sancionados con la inadmisibilidad de la candidatura. La junta central electoral será responsable de hacer cumplir esta disposición.”
El pleno de la JCE, en la reunión con los partidos del pasado jueves 27 presentó un documento contentivo de una propuesta de “Compromiso por la integridad Electoral” para que los partidos firmen en un próximo encuentro, el próximo jueves 3.
El Pleno promovió en el encuentro “un compromiso de prudencia”, cuando en realidad lo que corresponde es un compromiso para hacer “respetar la ley”. La firma del compromiso presentado solo puede hacerse si se consigna de forma expresa que el Pleno de la JCE asume el compromiso público de investigar las violaciones cometidas a la ley electoral y disponer las sanciones que correspondan.