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Tres constituciones, un solo destino (1)

Luego de la malhadada Constitución de San Cristóbal, el país había visto recomponer su Carta Magna en dos ocasiones en un solo año. En 1854 se suprimió el artículo 210, pero diez meses después se realizó otra reforma que favorecía, sin dudas, el ejercicio dictatorial del poder.

Rayando el mediodía, con un ligero frescor que bajaba de la loma circundante, la Villa de Moca acogía a veintiséis diputados elegidos libremente por los habitantes de una nación que apenas tenía trece años y diez meses de haber declarado su independencia. Eran los miembros del Congreso Constituyente que cargaban sobre sus hombros la responsabilidad de proveer al joven país de un nuevo texto constitucional. Acababan de juramentarse y estaban listos para iniciar la primera sesión.

San Cristóbal había sido la sede de la primera constituyente el 6 de noviembre de 1844, poco más de ocho meses después del trabucazo liberador en La Puerta de la Misericordia. La nueva nación intentaba organizar su estatuto legal y Manuel María Valencia, un escritor, político y sacerdote muy reconocido, había sido seleccionado presidente de la asamblea con esos fines. Pedro Santana ya había tomado el mando y un taimado Tomás Bobadilla (siempre hay un “Bobadilla” en estas tareas) había tomado el primer turno para hacer un recuento de la labor gubernativa santanista y advertir sobre las bases en que debía configurarse la Constitución. Cuando la labor estuvo casi concluida, Santana mostró inconformidad con la Carta Magna, sugirió rehacerla, el Congreso se negó a ceder, se movilizaron tropas que acordonaron el lugar donde se celebraba la histórica sesión y de nuevo Bobadilla aparece en la escena para presentar el artículo 210, cuya autoría se atribuyó, que otorgaba poderes extraordinarios a Santana: “órdenes, providencias y decretos que convengan, sin estar sujeto a responsabilidad alguna”. Bajo esta situación, y contrario al deseo de la mayoría de los constituyentes de San Cristóbal, obligados a carabina, se proclamó la primera constitución dominicana que se mantendría vigente por diez años. Fue una gran ley de leyes, que definía por primera vez la nacionalidad dominicana, identificaba aspectos puntuales para el desarrollo del territorio y dejaba claramente establecida a la nación surgida gracias al ideario duartiano y a la acción arrojada de los febreristas, como “libre, independiente y soberana”, regida por un “gobierno esencialmente civil, republicano, popular, representativo, electivo y responsable”. Sólo el artículo 210 y la militarización del Congreso manchó aquel primer gran esfuerzo por organizar la nueva República que continuaría durante años sufriendo la embestida de los feroces líderes de época tan turbulenta, como fueron Santana y Báez.

Saltando etapas, siempre sombrías, con fraudes monetarios desde el gobierno, crisis económica, merma en los beneficios de comerciantes, ruina de agricultores y tabaqueros, se produce en Santiago de los Caballeros la llamada revolución del 7 de julio de 1857 donde, mediante un manifiesto, sus dirigentes declaraban su propósito de sacudirse del “yugo de Báez”, desconocer su gobierno y proclamar uno nuevo desde la capital del Cibao que estuvo presidido por el general José Desiderio Valverde y el abogado Benigno Filomeno de Rojas. Pronto habría que llamar a Santana, un bravo estratega militar, para que pudiese enfrentar a Báez que dirigía su propio gobierno entre las murallas de Santo Domingo. En apenas dos meses, Santana ya era el jefe militar de una revuelta que había estado encabezada originalmente por comerciantes, agricultores e intelectuales. Volvía al poder, bajo sus propias convicciones y desde su mando particular que no obedecía a ninguna otra fuente de decisión.

El gobierno del Cibao, empero, luchaba por restablecer el orden constitucional. Luego de la malhadada Constitución de San Cristóbal, el país había visto recomponer su Carta Magna en dos ocasiones en un solo año. En 1854 se suprimió el artículo 210, pero diez meses después se realizó otra reforma que favorecía, sin dudas, el ejercicio dictatorial del poder. Entonces, los revolucionarios cibaeños decidieron ordenar elecciones para conformar una nueva constituyente, la cuarta en el corto espacio de catorce años. Se escogió a Moca, ya para entonces considerada Villa Heroica, como sede de este Congreso. Entre los veintiséis representantes electos, figuraban Benigno Filomeno de Rojas, Ulises Francisco Espaillat y Pedro Francisco Bonó. Moca estuvo representada por los diputados Carlos de Rojas y Ramón Guzmán, y el hermano del Padre de la Patria, Vicente Celestino Duarte, figuró como delegado de la común del Seibo, aunque no participó en todas las asambleas y las actas no registran participación alguna suya en las deliberaciones. Dos de los constituyentes, los veganos Casimiro Cordero y Juan Reinoso habían participado en la Constitución sancristobalense de 1844. Importante anotar que entre los constituyentes electos figuraban dos jóvenes de 24 años, Fernando Arturo de Meriño –quien llegaría a ser arzobispo y presidente de la República- y el mocano Gregorio Riva, quien se destacaría tiempo más tarde como un innovador y luchador a favor del progreso. Meriño nunca se presentó a las asambleas y ya avanzado el proceso los constituyentes tuvieron que estar ingresando sustitutos por los que nunca asistieron o solo tomaron parte en un par de sesiones, aduciendo problemas de salud o por simple desinterés. Tal vez por miedo a una nueva actitud perversa de Santana o a que Báez retomara el mando total de la nación.

Santana, empero, continuó incordiando el proceso como lo hizo en 1844. Persiguió a uno de los diputados, Faustino de Soto, de Higüey, apresó a otros violando la inmunidad parlamentaria o escribía cartas muy corteses pero con amenazas solapadas que los liberales al mando de la constituyente nunca aceptaron. En estas asambleas fulguraron las elevadas ideas de Bonó quien, conforme la lectura de las actas, reveló el ego inflamado que poseía, sus continuas torpezas como secretario del Congreso y sus ausencias repetidas. Llegó a renunciar incluso, como lo harían otros. Benigno Filomeno de Rojas llegó a enfurecerse con Bonó por sus errores como secretario, a un nivel de que llegó a presentar su renuncia que no le fue aceptada y Bonó aceptó sus fallos. Las contradicciones estaban al rojo vivo. Y los miedos también. El gobierno provisorio de Santiago, que había convocado al Soberano Congreso Constituyente con “todas las garantías apetecibles para que puedan expresar con entera libertad sus opiniones en la delicada y ardua tarea que van a desempeñar”, decía estar dispuesto a poner “freno a los desbordamientos de los mandatarios infieles y perversos”. El presidente Valverde los instaba a que “piensen mucho y copien poco” en su labor, y les anotaba lo siguiente: “Si la Constitución del 44 cuadraba mal que bien a un pueblo tan ansioso de libertad, que podía contentarse hasta con un ripio, el pueblo del 44 podía considerarse como el pueblo niño, mientras que el pueblo del 57 es el pueblo hombre”. A la madurez, llamaba. Y los constituyentes respondieron al desafío aprobando la constitución más liberal y democrática concebida en la joven nación.

Se realizaron 39 sesiones, muy activas y extensas, desde el 7 de diciembre de 1857 hasta la última que fue el 10 de marzo de 1858, a pesar de que el documento estuvo listo y proclamado el 19 de febrero de este último año, luego de que Alejandro Angulo Guridi se viese en la obligación de corregir las numerosas fallas gramaticales del texto y reducir su extensión. Para determinar cuál sería la capital de la República –que fue uno de sus errores clave- se realizaron dos votaciones, ganando en la primera La Vega, y en la segunda, Santiago. Cinco meses después, Santana declaraba su “inconformidad con las instituciones de Moca” y desconocía la Constitución que volvía a desear estuviese hecha a su medida. La gran constitución mocana nunca fue respaldada ni aplicada. Pero, los constituyentes responsables nunca se amilanaron y la defendieron con su honor hasta las últimas consecuencias. “Lejos de salvar usted la Patria con el paso que ha dado poniéndose a la cabeza de algunos de los turbulentos habitantes de Santo Domingo, no ha hecho usted más que comprometerla gravemente prestando su influencia y apoyo a unos cuantos díscolos ansiosos de disturbios civiles y políticos para medrar a la sombra de ellos...Usted como los señores firmados en el Manifiesto, se han colocado, respecto a las instituciones del país y respecto a mí, en una posición tan triste que no sé cómo calificarla”. Así concluyó el presidente José Desiderio Valverde en su carta de respuesta a Pedro Santana aquel penoso capítulo de nuestra historia republicana. La Constitución de Moca de 1858, hace 161 años, fue el primer eslabón en la aún inconclusa batalla para vertebrar una Constitución democrática e inviolable en la República Dominicana.

TEMAS -

José Rafael Lantigua, escritor, con más de veinte libros publicados. Fundador de la Feria Internacional del Libro de Santo Domingo, miembro de número de la Academia Dominicana de la Lengua, correspondiente de la Real Academia Española. De 2004 a 2012 fue ministro de Cultura.