Lp. - Lex Persona.
Mi esposo y yo estamos de acuerdo en divorciarnos, pero ambos somos dominicanos residentes en los Estados Unidos. Quisiéramos saber si para firmar el divorcio debemos viajar los dos a la República Dominicana, o si existe otra forma de agilizar el proceso.
De acuerdo con lo que establece la ley 142 de 1971, que modifica la ley 1306-bis Sobre Divorcio, los esposos de nacionalidad dominicana que residan en el extranjero podrán redactar su acto de divorcio (Convenciones y Estipulaciones) mediante apoderados especiales, quienes lo suscribirán en nombre y representación de estos por ante el Notario Público que ellos indiquen en el poder especial que otorguen a tales fines. En dicho poder especial, los esposos deben, de manera expresa, otorgar competencia a un Juez de Primera Instancia de la Jurisdicción elegida. Si desean hacer uso de esta modalidad, ustedes deben presentarse ante el Cónsul Dominicano mas cercano al lugar de su residencia, quien, actuando en su calidad de oficial público, les instrumentará el referido poder. Sus apoderados especiales suscribirán en su representación el Acto de Convenciones y Estipulaciones requerido para el divorcio por mutuo consentimiento, partiendo del cual se llevará a dicho proceso hasta completar el mismo cumpliendo con las formalidades establecidas por la ley de la materia.
¿Qué legalizaciones necesita un documento emitido en el extranjero si se quiere utilizar para fines de un proceso legal?
Todo documento que haya sido expedido en el extranjero, y que se desee hacer valer en un proceso legal debe ser legalizado por ante el Cónsul Dominicano del lugar en que el documento ha sido expedido, o en caso de que no exista en ese lugar un consulado dominicano u oficina consular debidamente autorizada, dicho documento debe ser legalizado en el consulado dominicano más cercano a su lugar de expedición. Luego, la firma puesta por el oficial consular es verificada y legalizada por el Departamento de Legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Dominicana. Si el documento ha sido redactado en un idioma distinto al idioma español, el mismo deberá ser traducido por un intérprete judicial local. Esta traducción debe ser legalizada a su vez por ante el Departamento de Legalizaciones de la Procuraduría General de la República.
Que documentos se requieren para solicitar el traspaso de un inmueble adquirido por compra?
Al solicitar el traspaso de un inmueble que se ha adquirido por compra, el Registro de Título correspondiente requerirá la siguiente documentación:1) Original certificado de título duplicado del dueño; 2) Contrato de compraventa con firmas debidamente legalizadas;3) Copia de un documento de identidad del comprador (si el comprador es una compañía, se requerirá el número de registro nacional de contribuyente); 4) Constancia de Pago de los impuestos de transferencia; 5) Certificación de pago o exención del impuesto sobre la propiedad Inmobiliaria.
Dirija sus preguntas a lexpersonainfo@phlaw.com llame al número (809) 732-4616
De acuerdo con lo que establece la ley 142 de 1971, que modifica la ley 1306-bis Sobre Divorcio, los esposos de nacionalidad dominicana que residan en el extranjero podrán redactar su acto de divorcio (Convenciones y Estipulaciones) mediante apoderados especiales, quienes lo suscribirán en nombre y representación de estos por ante el Notario Público que ellos indiquen en el poder especial que otorguen a tales fines. En dicho poder especial, los esposos deben, de manera expresa, otorgar competencia a un Juez de Primera Instancia de la Jurisdicción elegida. Si desean hacer uso de esta modalidad, ustedes deben presentarse ante el Cónsul Dominicano mas cercano al lugar de su residencia, quien, actuando en su calidad de oficial público, les instrumentará el referido poder. Sus apoderados especiales suscribirán en su representación el Acto de Convenciones y Estipulaciones requerido para el divorcio por mutuo consentimiento, partiendo del cual se llevará a dicho proceso hasta completar el mismo cumpliendo con las formalidades establecidas por la ley de la materia.
¿Qué legalizaciones necesita un documento emitido en el extranjero si se quiere utilizar para fines de un proceso legal?
Todo documento que haya sido expedido en el extranjero, y que se desee hacer valer en un proceso legal debe ser legalizado por ante el Cónsul Dominicano del lugar en que el documento ha sido expedido, o en caso de que no exista en ese lugar un consulado dominicano u oficina consular debidamente autorizada, dicho documento debe ser legalizado en el consulado dominicano más cercano a su lugar de expedición. Luego, la firma puesta por el oficial consular es verificada y legalizada por el Departamento de Legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Dominicana. Si el documento ha sido redactado en un idioma distinto al idioma español, el mismo deberá ser traducido por un intérprete judicial local. Esta traducción debe ser legalizada a su vez por ante el Departamento de Legalizaciones de la Procuraduría General de la República.
Que documentos se requieren para solicitar el traspaso de un inmueble adquirido por compra?
Al solicitar el traspaso de un inmueble que se ha adquirido por compra, el Registro de Título correspondiente requerirá la siguiente documentación:1) Original certificado de título duplicado del dueño; 2) Contrato de compraventa con firmas debidamente legalizadas;3) Copia de un documento de identidad del comprador (si el comprador es una compañía, se requerirá el número de registro nacional de contribuyente); 4) Constancia de Pago de los impuestos de transferencia; 5) Certificación de pago o exención del impuesto sobre la propiedad Inmobiliaria.
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Diario Libre
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