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El olvidado y pobre obrero

En papeles, en República Dominicana está consagrada la libertad sindical, pero en los hechos no existe. Aunque la garantiza nuestro Código Laboral y el país es signatario de convenios (87 y 98) de la Organización Internacional del Trabajo, el empleado no tiene el libre albedrío de asociarse dentro de las empresas, con todo y que nuestra Constitución (artículos 47 y 62) establece la libertad de asociación. Incluso, el obrero no tiene representación real y autorizada; no hay sindicatos que incidan en la agenda nacional y los que se autoerigen dirigentes sólo se activan en reuniones de instituciones en las que juegan roles de funcionarios o burócratas. Este Primero de Mayo, sólo podemos exclamar: ¡Pobre del trabajador!

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