Diputados dejan el Código Penal a un paso de su aprobación
Conocerán el proyecto en segunda discusión este lunes a las 2:00 de la tarde

Tras más de dos décadas de debates, intentos fallidos y aplazamientos, la República Dominicana se acerca a la aprobación definitiva de un nuevo Código Penal. La Cámara de Diputados aprobó este sábado, en primera discusión, un proyecto que introduce 32 modificaciones a la legislación que entrará en vigencia a inicios de agosto.
Aunque los legisladores recibieron más de 80 propuestas de modificación presentadas por juristas, organizaciones y partidos políticos, decidieron tomar como base la iniciativa remitida por el Poder Ejecutivo, que en su origen contemplaba cambios en 18 artículos relacionados con temas como difamación, ultraje, difusión ilícita de imágenes, malversación de fondos públicos y violencia intrafamiliar.
Sin embargo, durante los trabajos de la comisión especial, el número de artículos modificados aumentó hasta 24, mientras que se incorporaron otros ocho cambios durante los debates en el hemiciclo. En total, la pieza aprobada modifica 32 disposiciones del nuevo Código Penal.
Entre los artículos intervenidos figuran los números 11, 121, 122, 123, 124, 141, 144, 176, 177, 192, 207, 208, 209, 211, 214, 215, 248, 269, 303, 310 y 354.
Cambios significativos
Uno de los ajustes más significativos se encuentra en el artículo 303, relativo a la malversación de fondos públicos. Mientras el texto vigente del nuevo Código contemplaba penas de entre dos y tres años de prisión, la modificación aprobada eleva la sanción a entre cinco y diez años de prisión mayor.
En materia de responsabilidad corporativa, el artículo 11 precisa las circunstancias bajo las cuales una empresa podrá ser perseguida penalmente cuando se demuestre que toleró o se benefició de actos ilícitos cometidos por sus empleados o entidades bajo su control.
Los artículos 121 y 122 eliminan el uso del anglicismo bullying y lo sustituyen por "hostigamiento". Las penas se mantienen entre 15 días y un año de prisión, además de multas, pero podrán alcanzar hasta diez años cuando el acoso conduzca al suicidio de la víctima.
De igual manera, el artículo 123 cambia la denominación de "ciberbullying" por "hostigamiento cibernético" y exige que la conducta sea reiterada y sistemática para constituir delito. También elimina la consideración automática de comentarios amenazantes, obscenos o insultantes en redes sociales como formas de hostigamiento.

En el ámbito de la violencia intrafamiliar, el artículo 124 incorpora una definición expresa de la violencia física dentro de las modalidades reconocidas por la ley.
En el artículo 141, relativo a la prescripción de delitos sexuales, la nueva redacción establece que las agresiones sexuales cometidas contra niños, niñas y adolescentes, personas con discapacidad o en condiciones de vulnerabilidad prescribirán a los 30 años contados desde que la víctima alcance la mayoría de edad.
Además, incorpora expresamente la violación sexual incestuosa entre los delitos sujetos a plazos especiales de prescripción.
La Cámara decidió mantener sin modificaciones el artículo 142 sobre exhibicionismo sexual, pese a que existían propuestas para excluir las manifestaciones artísticas, culturales, científicas y educativas.
En el 144, sobre acoso agravado, aumenta la pena de prisión hasta cinco años.
Difamación y otros ajustes
Uno de los temas que concentró mayor atención fue el relacionado con la difamación y las expresiones de interés público.
El artículo 208 reduce las penas por difamación de dos a cinco años de prisión a un rango de uno a dos años. Asimismo, disminuye las multas y simplifica la descripción de los medios mediante los cuales puede cometerse el delito.
Por el contrario, el artículo 209 amplía el alcance de la difamación extorsiva al incluir las amenazas como parte de la conducta sancionable, manteniendo las penas más severas.
La modificación al artículo 211 introduce una de las novedades más controversiales. Los diputados incluyeron una disposición para establecer que no se considerarán difamatorias o injuriosas las expresiones, opiniones y críticas relacionadas con actos de corrupción, políticas públicas, funciones públicas, servicios públicos o actuaciones que afecten el interés general, siempre que estén sustentadas en elementos probatorios o en una verificación razonable de la información.
Además, se establece una protección especial para el escrutinio social y periodístico de los funcionarios públicos, una inclusión presentada por los legisladores como una garantía para la libertad de expresión y la fiscalización ciudadana.
Entre las demás modificaciones aprobadas figuran:
Incremento de las penas por proxenetismo en el artículo 176.
Precisiones técnicas en las agravantes del proxenetismo contempladas en el artículo 177.
Redefinición del delito de difusión de audios o imágenes sin consentimiento en el artículo 192, exigiendo que el material se obtuviera en un ámbito privado o bajo expectativa razonable de confidencialidad.
Reducción de las penas por perjurio en el artículo 207.
Ajustes técnicos a los delitos de abandono de niños, niñas y adolescentes en los artículos 214 y 215.
Ampliación de la definición de bancarrota simple en el artículo 248.
Aumento de las sanciones por violación de propiedad en el artículo 269.
Transformación del artículo 310 sobre ultraje para limitarlo de manera exclusiva al ámbito jurisdiccional, protegiendo únicamente a jueces, fiscales, secretarios judiciales, alguaciles, intérpretes y peritos.
Ampliación de las sanciones contempladas en el artículo 354 para médicos y profesionales que expidan certificaciones falsas sobre el estado de salud de una persona.
Mayoría y oposición
Durante la sesión extraordinaria, el presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, defendió el proceso de estudio realizado por la comisión y aseguró que analizaron cada observación recibida antes de la elaboración del informe.
Pacheco también justificó la decisión de no declarar de urgencia la iniciativa y convocar una segunda discusión dentro de los plazos establecidos por la Constitución. "En el devenir y en el pasado pudiera haber algún presidente de la Cámara de Diputados que respete y observe los reglamentos igual que yo, pero ninguno lo hará más que yo", aseguró.
La oposición, sin embargo, cuestionó su proceder.
"¿Cómo le dará tiempo a una minoría preparar un informe?, y más como el día de hoy, que es sábado, y estaban cerradas las comisiones, y no se pudo depositar en Secretaría General", con estas palabras el diputado de la Fuerza del Pueblo, Rafael Tobías Crespo, denunció que no se otorgó tiempo suficiente para la elaboración de un informe disidente.
Mientras que el vocero del Partido de la Liberación Dominicana, Gustavo Sánchez, criticó el contenido de la pieza y adelantó el voto negativo de su bancada. Argumentó que persisten disposiciones relacionadas con el aborto que, según dijo, continúan penalizando a mujeres en situaciones vulnerables.
En total, los diputados agotaron 29 turnos de palabra durante una sesión que se extendió por unas seis horas y que culminó con la aprobación de la pieza en primera lectura.
El proyecto será conocido de nuevo este lunes a las 2:00 de la tarde en segunda discusión. De ser aprobado sin nuevas modificaciones, quedaría listo para su envío al Poder Ejecutivo para su promulgación.


Indhira Suero Acosta