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Patrimonio cultural
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Proyecto amplía facultades del Estado sobre bienes patrimoniales privados

Abre debate sobre equilibrio entre la protección del interés público y alcance de restricciones estatales

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Proyecto amplía facultades del Estado sobre bienes patrimoniales privados
Campanario de la iglesia de Santa Bárbara en Santo Domingo. (ARCHIVO/DIARIO LIBRE)

El proyecto de ley sobre protección y adquisición del Patrimonio Cultural de la República Dominicana, sometido al Congreso, propone una reforma del régimen de conservación de los bienes culturales y amplía las facultades del Estado sobre inmuebles, objetos y manifestaciones culturales, incluso cuando sean de propiedad privada. Aunque no convierte esos bienes en propiedad estatal, establece mayores controles sobre su uso, transferencia e intervención, y contempla la expropiación en determinadas circunstancias.

La iniciativa define como patrimonio cultural de la nación los bienes muebles e inmuebles, públicos y privados, con valor histórico, arqueológico, artístico, documental, científico, etnológico o arquitectónico, además del patrimonio inmaterial, subacuático y las colecciones de relevancia cultural. El Ministerio de Cultura sería responsable de identificar, registrar, proteger y administrar ese patrimonio.

Los propietarios de bienes declarados patrimoniales conservarían su derecho de propiedad, pero quedarían sujetos a un régimen especial de obligaciones. Entre ellas figuran mantener los bienes en adecuado estado de conservación, permitir inspecciones oficiales, solicitar autorización para intervenirlos o modificarlos y notificar al Ministerio de Cultura cualquier intención de transferir la propiedad.

Derecho preferente

El proyecto establece un derecho preferente de adquisición a favor del Estado. Si un propietario decide vender un bien patrimonial, deberá ofrecerlo primero al Estado dominicano, que tendrá un plazo para decidir si ejerce esa opción. Solo si renuncia o deja vencer ese plazo podrá venderse a un tercero.

  • La iniciativa también contempla la expropiación de bienes patrimoniales privados por incumplimiento del deber de conservación, necesidad de preservar el bien o existencia de un interés público, siempre conforme al procedimiento legal y con la correspondiente indemnización.

Además, prohíbe intervenciones en monumentos nacionales sin autorización del Ministerio de Cultura, restringe la salida del país de bienes patrimoniales, regula las excavaciones arqueológicas, declara propiedad del Estado los hallazgos arqueológicos y fortalece las medidas contra el tráfico ilícito de piezas culturales.

Las sanciones que propone

El proyecto crea un régimen de sanciones con multas de entre 10 y 50 salarios mínimos del sector público, un fondo para financiar la ley y un sistema nacional de registros. Aprobado en segunda lectura por el Senado el 24 de julio, ahora deberá ser conocido por la Cámara de Diputados antes de pasar al Poder Ejecutivo.

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