Proyecto permitirá a víctimas de violencia sexual participar de forma virtual en los tribunales
El proyecto aprobado modifica una ley que se aprobó en el 2022

La Cámara de Diputados aprobó este miércoles de urgencia y en dos lecturas consecutivas el proyecto que modifica la ley que regula el uso de medios digitales en el Poder Judicial, con cambios que establecen la tramitación digital como regla, aunque garantizan la vía presencial para quienes no cuenten con los medios para utilizarla.
La propuesta fue aprobada en medio de inevitables cambios en la Suprema Corte de Justicia, que pronto tendrá un nuevo presidente y jueces cuando el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) culmine sus evaluaciones.
La iniciativa modifica el artículo cinco de la ley vigente, que actualmente establece el uso de las plataformas digitales como una "medida alternativa" para el servicio de administración de justicia.
En cambio, el proyecto aprobado por los diputados dispone que "la tramitación ante el Poder Judicial se realizará de manera digital" y elimina la palabra "alternativa".
Sin embargo, el proyecto establece que la digitalización no podrá convertirse en una barrera para acceder a la justicia.
En ese sentido, el mismo artículo garantiza el derecho a realizar los trámites de manera presencial a las personas que declaren no contar con los medios técnicos, conectividad o formación tecnológica necesaria.
La propuesta también establece que "ningún trámite podrá ser rechazado bajo el argumento de la obligatoriedad de la vía digital".
Víctimas de violencia podrán participar virtualmente
Uno de los cambios previstos está dirigido a las víctimas de delitos sexuales, violencia intrafamiliar y violencia de género.
Aunque la ley dice que todos los procesos penales serán presenciales por obligación, en los casos de violencia, por la vulnerabilidad y los efectos de la revictimización, el juez o tribunal podrá disponer la participación virtual de la víctima.
La disposición a favor de las víctimas de violencia aparece como una excepción ya que los procesos penales seguirán cursando de forma presencial.
Firma digital para las partes
Otro de los cambios incorporados al proyecto está relacionado con la firma digital y contempla que jueces, secretarios, servidores judiciales y oficiales de la justicia puedan utilizar firma digital para rubricar sentencias, resoluciones, autos y otros documentos vinculados con procesos judiciales o administrativos.
La modificación agrega que, cuando sea necesario, también se dotará de firma digital a las partes a las que se les requiera firmar dentro de un proceso judicial.
El proyecto incorpora además un nuevo artículo 12.1 sobre la georreferenciación y trazabilidad digital de las notificaciones.
La pieza dispone establece que los actos de alguacil serán respaldados y documentados mediante un sistema digital de georreferenciación administrado por el Poder Judicial.
El sistema registrará en tiempo real las coordenadas geoespaciales como latitud y longitud, la fecha, la hora oficial y el lugar exacto donde se realice la diligencia procesal.
Audiencias semipresenciales
En cuanto a las audiencias, el proyecto mantiene la posibilidad de celebrar vistas o acciones jurisdiccionales de manera virtual en todas las materias, con excepción de la materia penal.
El proyecto incorpora, además, que en cualquier estado de la causa las partes podrán solicitar, de común acuerdo, el conocimiento semipresencial de una audiencia, de acuerdo con la reglamentación que establezca el Pleno de la Suprema Corte de Justicia.
El proyecto contempla reglas para situaciones en las que circunstancias extraordinarias impidan mantener el trabajo presencial del servicio de administración de justicia.
En esos casos, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia podrá disponer, mediante una resolución, el uso obligatorio de medios digitales para las actuaciones de los procesos.
Tras ser aprobado de en dos lecturas, el proyecto ahora pasa al Senado para su estudio y eventual aprobación.


Ismael Hiraldo