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La columna de Migración: Retractación a tiempo Información del Consulado para las cortes dominicanas

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La columna de Migración: Retractación a tiempo
Información del Consulado     para las cortes dominicanas
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El 9 FAM – Manual de Asuntos Extranjeros establece este término jurídico para excusar algunas faltas graves de los aplicantes de visas de inmigrante o de no-inmigrante. Por lo general, una retractación a tiempo sirve para borrar completamente la falta cometida. Sin embargo, lo más importante es determinar si esa retractación fue hecha a tiempo, y esto depende, según la letra de la ley, de las circunstancias de los hechos. Generalmente, se puede decir que fue hecha a tiempo si se admiten los hechos a la primera oportunidad, “antes de la conclusión de los procedimientos durante los cuales el individuo hizo su falsa representación”. Si se hace en respuesta a un descubrimiento de los hechos, no puede hablarse de retractación a tiempo, aunque existe una interpretación en este sentido, ya que el mismo FAM establece que el Oficial que hace la entrevista, al descubrir la falsedad, “no tiene que ofrecer una oportunidad de que el aplicante haga una retractación a tiempo”: ¿Por qué es importante para usted saber si esta figura aplica? Porque si usted ha usurpado una ciudadanía de los Estados Unidos, es inadmisible de por vida para obtener una visa de residencia – no así una visa de no-inmigrante, porque la ley de Inmigración de EUA contiene una cláusula discrecional al respecto. Si se trata de aplicaciones por correo, la retractación debe hacerse al momento de comparecer a la entrevista.

Es un recurso nada usado por las autoridades de la República Dominicana, pero la ley de Inmigración de los EUA establece que una corte extranjera puede solicitarle al Departamento de Estado información que sirva para procesar un caso pendiente ante esa Corte.

Adicionalmente, existen solicitudes que pueden ser hechas por cualquier institución que tenga que ver con el cumplimiento de la ley, con la ejecución de la ley, especialmente si esos hechos cometidos se consideran crímenes en el territorio de los Estados Unidos.

Con esas facilidades que otorga el Manual de Asuntos Extranjeros, uno se pregunta porqué en la República Dominicana nunca pasa nada, y porqué ninguna autoridad sabe nada, especialmente cuando los periódicos están llenos de acusaciones hechas por el Gobierno de los Estados Unidos a dominicanos, que van desde los uniformados hasta los civiles. Creo que por nuestro interés nacional, debemos como país, hacer uso de todas las provisiones legales establecidas.

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