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Modificaciones importantes para los estudiantes Retractación a tiempo o Timely Retraction

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Modificaciones importantes para los estudiantes
Retractación a tiempo o Timely Retraction

Para comunicarse con Karina Pérez Rojas

llame al 809 566 9615 y 809 383 0152

o escriba a oficinakarinaperez@hotmail.com

Dirección: Plaza Dominica, 27 de Febrero casi esquina

Núñez de Cáceres, Apt. 3C2

En los próximos días, USCIS – Ciudadanía y Servicios de Inmigración de los Estados Unidos – pondrá en vigencia una modificación de su política en la que la estadía ilegal de los estudiantes se remontará a la fecha en que ellos determinen, no a la fecha en la que fue negado el beneficio. Esto estaría cambiando más de 20 años de política de USCIS. Es mejor investigar bien cuáles son las posibilidades de poder mantener el status como estudiante antes de solicitar algún cambio o modificación.

Retractación a tiempo o timely retraction

Este tiene categoría de ley, si se cumple lo que dice el Manual de Asuntos Extranjeros. Si la entrevista es personal, el “timely retraction” debe hacerse en la primera oportunidad en la que se mencione el tema. Si la aplicación es enviada por correo, se supone que usted tiene que ser llamado a una entrevista; en ese momento, debe decir cuál es la verdad en la primera oportunidad (este es normalmente el sistema que utiliza el Departamento de Estado). La verdad es que se supone que en los casos complicados – o en casos de duda – los Cónsules deben pedir un Advisory Opinion (opinión – consejo), pero en verdad a los Cónsules no les gusta mucho aplicar este acápite de la ley. En mi opinión, todos los casos que envuelven este artículo son complejos. Es bueno poder establecer fuera de toda duda que usted sí puede obtener el beneficio de esta modificación legal, pero debe estar dispuesto a hacer la apelación de su caso una vez esté devuelto a USCIS. Eso implica tener la paciencia de esperar de 2 a 3 años. Lo triste del caso, es que el mismo USCIS no tiene “time frame” (tiempo establecido de espera) una vez los casos son devuelto a USCIS, así que imagínese la frustración de las personas. Por eso es mejor tratar de hacer un caso bueno desde el principio, para evitar esta larga complicación. Tener el expediente a mano, siempre va a ser útil. Normalmente, he visto muchas veces que aquí en el Consulado, se llega a esa determinación por una conclusión de CBP – Aduanas y Protección Fronteriza, y por costumbre, esa determinación se toma en una inspección diferida. En el Manual de USCIS existen muchas lagunas, aspectos que enfatizan que el aplicante es quien debe probar su admisibilidad en todo momento, lo que debe ser corregido en el interés de aclarar un gran número de casos.

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