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Emilio Ángeles
Emilio Ángeles

Espectáculos Públicos suspende a Emilio Ángeles tras mostrar pistola durante programa en vivo

El comunicador fue suspendido durante 30 días tras su acción en el programa "Pégate y gana con El Pachá"

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Espectáculos Públicos suspende a Emilio Ángeles tras mostrar pistola durante programa en vivo
Emilio Ángeles (vestido de negro) pidió disculpas tras el hecho realizado en Pégate y gana con El Pachá, liderado por el comuncador Frederick Martínez, El Pachá, que se transmite por el canal 45. (FUENTE EXTERNA)

La Comisión Nacional de Espectáculos Públicos y Radiofonía suspendió por un mes al comunicador Emilio Ángeles, luego de "mostrar un arma de fuego y al mismo tiempo proferir palabras con lenguaje explícito en el programa de televisión 'Pégate y gana con El Pachá' en la edición transmitida el 2 de marzo de 2024 por el canal Teleradio América, canal 45 en horario vespertino".

La información se dio a conocer por el organismo regulador de contenido audiovisual a través de un documento oficial compartido con periodistas de Diario Libre.

Durante un programa en vivo, el comunicador se mostró manipulando un arma de fuego en el programa "Pégate y gana con El Pachá".

En la emisión, Ángeles tomó una pistola para hacer una advertencia frente a la pantalla por amenazas que supuestamente su hijo había estado recibiendo de "gente del Parque Italia".

Se disculpa

Tras el incidente, el comunicador pidió disculpas.

"Señores, quiero pedir excusas públicamente a la sociedad dominicana, pasé por una situación con uno de mis hijos, me volví iracundo, soy un ser humano, los seres humanos somos máquinas de imperfecciones y cometí un error", expresó el comentarista a través de un video.

"Pido de todo corazón mis disculpas a don Luis García, presidente de TeleRadio América, esa gran estructura comunicacional que nos ha abierto las puertas a mí, al Pachá y a todo el equipo", añadió.

A continuación, la resolución

"En virtud de las atribuciones que nos confiere el Reglamento 824, por el cual se rige esta Comisión Nacional De Espectáculos Públicos y Radiofonía, amparados en la ley 1951 y vistas las modificaciones del 25 de marzo de 1971, emitidas en el decreto presidencial no. 4306 y consignadas en la gaceta oficial no. 9220 del 10 de abril de 1971. En cumplimiento de los artículos 4 y 5 de dicho reglamento, y vistos sus artículos números 61, 62, 84, 123 y 125.

  • CONSIDERANDO: Que la radio y la televisión al igual que los espectáculos públicos que se efectúan fuera de estos medios de colectividades, tienen la función social de contribuir al fortalecimiento de la integración nacional y al mejoramiento de la forma de convivencia humana y con ello fortalecer la integración de la familia dominicana.

CONSIDERANDO: Que el Artículo 84 del reglamento 824 para el funcionamiento de la Comisión Nacional De Espectáculos Públicos y Radiofonía, prohíbe toda transmisión que cause la corrupción del lenguaje, o que sea contraria a las buenas costumbres, ya sea mediante expresiones maliciosas, palabras o imágenes perversas, frases de doble sentido, apología del crimen o la violencia y todo aquello que sea denigrante para el culto cívico de los héroes nacionales o para cualquier persona.

  • CONSIDERANDO: Que es función del Estado proteger y garantizar efectiva y eficientemente el goce de las prerrogativas constitucionales, con el auxilio de medidas administrativas y disposiciones legales adecuadas.

CONSIDERANDO: Que esta Comisión Nacional De Espectáculos Públicos y Radiofonía, organismo regulador de los espectáculos y de los medios electrónicos, tiene como misión evitar influencias malsanas y perturbadoras al desarrollo armónico de la niñez y la juventud, y por vía de consecuencia de todo el seno familiar de la República Dominicana a través de los espectáculos públicos y de las emisiones audiovisuales que resulten denigrantes y vulgares en el uso y abuso del lenguaje lírico.

  • CONSIDERANDO: Que esta Comisión Nacional De Espectáculos Públicos y Radiofonía, obrando por propio imperio de la ley y el reglamento que la instituye, con el voto unánime del pleno de dicha Comisión por moción y por solicitud sometida al pleno por el Presidente de La Comisión Nacional De Espectáculos Públicos y Radiofonía Licdo Joseph Báez, ha solicitado el voto del pleno para que se le aplique sanción al comunicador:  EMILIO ANGELES.

RESUELVE:

PRIMERO: Este pleno con el voto unánime de los miembros que lo componen ACOGE la solicitud hecha por el Licdo Joseph Báez, sustentada en el contenido de las pruebas aportadas y en consecuencia se procede a SUSPENDER de sus presentaciones en radio y televisión y ESPECTÁCULOS PÚBLICOS de todo el país por un periodo de treinta (30) días, a partir de la notificación de la presente Resolución, al Comunicador EMILIO ANGELES por BLANDIR un ARMA de Fuego y al mismo tiempo proferir palabras con lenguaje de contenido explicito en el programa de Televisión PEGATE Y GANA CON EL PACHA en la edición transmitida en fecha 02 marzo de 2024, por TELERADIO AMERICA, CANAL 45 (TRA) en horario vespertino.

Así se pronuncia, manda y Firma este pleno de la Comisión Nacional de Espectáculos Públicos y Radiofonía".

 
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