Milton Ray Guevara diserta sobre "Duarte y la Constitución", en Unapec
La esencia de su discurso fue una invitación a volver a Juan Pablo Duarte desde un ángulo menos transitado: el del pensador constitucional y el jurista adelantado a su tiempo

La Universidad APEC, a través de su Escuela de Ciencias Sociales llevó a cabo la conferencia magistral: "Duarte y la Constitución", la cual estuvo a cargo del magistrado Milton Ray Guevara, presidente emérito del Tribunal Constitucional.
La esencia de su discurso fue una invitación a volver a Juan Pablo Duarte desde un ángulo menos transitado: el del pensador constitucional y el jurista adelantado a su tiempo.
Ray Guevara recordó que la libertad, en la concepción duartiana, no es un concepto vacío ni una concesión del poder, sino un don originario, incluso divino; indicando que Dios dejó al hombre y a la mujer en plena libertad, una tan vasta que permitió el pecado original, origen de muchas de las desventuras humanas.
Esa visión, lejos de ser una simple referencia teológica, explica la profundidad del pensamiento político de Duarte y su adhesión al derecho natural, explicó el magistrado.
Influencias de su pensamiento liberal
Afirmó que Duarte fue un lector atento de John Locke, el filósofo inglés que reflexionó sobre el gobierno civil tras la Revolución Gloriosa de 1688, y conocía bien la Constitución de Cádiz de 1812, cuyo espíritu liberal dejó huellas claras en su proyecto constitucional.
De ese cruce de ideas nació una concepción del Estado donde la ley no es instrumento de dominación, sino garantía de libertad.
Uno de los pilares de ese pensamiento es el principio de legalidad. En el primer artículo de su proyecto de Constitución, Duarte estableció que la ley es la regla a la que deben someterse gobernantes y gobernados. No hay privilegios ni excepciones.
La autoridad solo existe si nace de la ley. Ese enunciado, aparentemente sencillo, contiene la esencia del Estado de Derecho, en oposición al absolutismo que dominó buena parte de la historia europea antes de la Revolución Francesa, agregó.
La ley, explicó Ray Guevara citando al jurista Jean Rivero, no solo limita al poder, sino que reconoce los derechos de los ciudadanos. Duarte entendió esto con claridad. Por eso, su proyecto constitucional insiste en que tanto quienes gobiernan como quienes obedecen están igualmente sujetos a la norma, como condición básica para la convivencia social.
Según su exposición, el patricio también mostró un conocimiento notable del proceso legislativo. En su proyecto, la ley solo es legítima si cumple un itinerario preciso: debe ser propuesta por la autoridad competente, discutida y aprobada por el Congreso Nacional, y luego promulgada conforme a la Constitución.
Obediencia al derecho

Además, defendió principios hoy fundamentales: la irretroactividad de la ley, su carácter reformable, la imposibilidad de que el desuso la derogue y la idea liberal de que todo lo que no está prohibido está permitido.
Resaltó la importancia de que la constitución sea enseñada desde la etapa escolar para que los ciudadanos puedan tener en claro sus derechos y deberes, un ejemplo fue que Duarte afirma que la ley es la que otorga al gobernante el derecho de mandar y al gobernado la obligación de obedecer, y que toda autoridad que no se constituya conforme a la ley carece de legitimidad.
Aclaró de que no se trata de un llamado a la obediencia ciega, sino a la obediencia al derecho, algo que todos deberíamos tener bien claro.
Milton Ray Guevara afirmó que Duarte es el único Padre de la Patria que redactó de puño y letra un proyecto de Constitución, un hecho reconocido por el Tribunal Constitucional en 2012. Ni Bolívar, ni San Martín, ni Washington hicieron lo mismo.
Añadió que el proyecto duartiano, manuscrito en apenas diez páginas, revela la influencia del constitucionalismo liberal europeo y americano, pero también una profunda espiritualidad.
En su preámbulo, la invocación a Dios como árbitro de las naciones refleja una visión donde la ley humana encuentra límites en una ley superior, una idea que aún resuena en la Constitución dominicana vigente.

Mayra Pérez Castillo