×
Compartir
Secciones
Última Hora
Podcasts
Encuestas
Servicios
Plaza Libre
Efemérides
Cumpleaños
RSS
Horóscopos
Crucigrama
Herramientas
Más
Contáctanos
Sobre Diario Libre
Aviso Legal
Versión Impresa
Redes Sociales
revista

El Escudo Nacional cumple 95 años de oficializado

SANTO DOMINGO. A través del decreto Número 5200 emitido el 6 de febrero de 1913, el presidente interino de la República Dominicana, Monseñor Adolfo Nouel, delimitó las características del Escudo Nacional dominicano.

El documento hizo oficial a partir del 22 de febrero de ese mismo año la forma del Escudo de Armas de la República. Designó formas y colores fijos tanto para el escudo como la Bandera Nacional.

A continuación se publica el decreto íntegro así como las características oficiales del Escudo Nacional:

Núm. 5200. DECRETO del Poder Ejecutivo relativo a la forma del Escudo de armas de la República. Gaceta oficial Núm. 2376 del 22 de febrero de 1913. Colección de Leyes, Decretos y Resoluciones, Tomo XII, p. 41. Publicaciones ONAP 1983.

DR. ADOLFO A. NOUEL,
Presidente Interino de la República Dominicana


Considerando necesario determinar una forma para el Escudo de Armas de la República, así como los colores fijos para el mismo y para la bandera nacional; y a propuesta de Sec. De Relaciones Exteriores.

DECRETA:

Art. 1° Tres meses después de la publicación del presente Decreto en la Gaceta Oficial, el escudo de Armas de la República deberá tener forma de cuadrilongo, con dos pequeños ángulos salientes en la parte superior, dispuesto de modo que si se tira una línea horizontal, que una de las dos verticales del cuadrilongo, desde donde comienzan los ángulos inferiores, quede cuadrado perfecto.

Art. 2° Los colores del escudo, así como los de la bandera nacional, serán azul ultramar y rojo bermellón más el blanco de la cruz.

Art. 3° Cuando el Escudo de Armas de la República no pueda llevar los colores nacionales, tendrá las líneas horizontales y verticales establecidas por la heráldica.

Art. 4° Servirá como modelo para el Escudo, el diseño que figura al pié, que reproduce el Gran Sello de la nación.

Publíquese y comuníquese.
Dado en Santo Domingo, Capital de la República, a los 6 días del mes de febrero de 1913.

ADOLFO A. NOUEL.
El secretario de E.de Relaciones Exteriores, Interino: -Cro.. N. de Moya.


EXPLICACIONES:

1° Para trazar el escudo se hará un cuadrado perfecto según lo indican las letras a b c d de la presente figura. La cara superior del cuadrado se dividirá en cinco partes: una parte será tomada para la cruz y se colocará en el centro quedando ambos lados con dos partes del cuadrado.

2° Se le agregará al cuadrado, en su parte inferior, una parte de las cinco del cuadrado para obtener el largo de la cruz (véase e f f). Este largo forma el cuadrilongo del escudo, el cual se dividirá en dos partes iguales para formar el centro de la cruz.

3° Los ángulos g g deberán tener las dos terceras partes del ancho de la cruz.

Para visualizar la explicación, visite la imagen número 3 de la galería.