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A juicio de fondo caso asesinato de Paola Languasco

Se acogió un acuerdo presentado por el Ministerio Público

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A juicio de fondo caso asesinato de Paola Languasco
Ambiorix Nepomuceno Rodríguez, acusado.

El Tribunal Superior Electoral (TSE) dictó sentencia e impuso sanciones contra un presidente de colegio electoral que en las elecciones municipales fue acusado de marcar las boletas antes de entregarlas a los electores.

El magistrado Ramón Arístides Madera, en calidad de juez de instrucción, ordenó que por un año el imputado Obispo Figueroa Mieses, se abstenga de viajar al extranjero, de participar en actividades políticas y electorales, así como de procesos o actividades de la Junta Central Electoral.

Además prestar trabajos comunitarios durante 24 horas a favor del Cuerpo de Bomberos de Villa Altagracia, lo que deberá ser acreditado con certificación expedida por esa institución y dirigida al Procurador Fiscal del municipio. Tampoco podrá usar armas blancas y de fuego durante un año y mantener por ese período su residencia actual.

Las sanciones se adoptaron, tras el juez acoger un acuerdo de suspensión condicional del procedimiento presentado por el Ministerio Público.

En la sentencia se advirtió al imputado de que en caso de incumplimiento de las disposiciones quedará sin efecto el acuerdo y el Ministerio Público continuará la persecución penal en su contra.

El 17 de septiembre del pasado año 2020, el Ministerio Público presentó formal acusación contra Figueroa Mieses, presidente de un colegio electoral en Villa Altagracia a quien se le imputó haber incurrido en el delito electoral de marcar boletas, antes de entregarlas al elector durante las elecciones municipales del 15 de marzo.

“Que en el presente caso procede acoger en todas sus partes el acuerdo para la aplicación de la Suspensión Condicional del Procedimiento, concertado entre el Ministerio Público, representado por la Gisela Altagracia Cueto González, Titular Interina de la Procuraduría Especializada para la Investigación y Persecución de los Crímenes y Delitos Electorales, con el imputado, señor Obispo Fígueroa Mieses, acusado de violar el artículo 285 numeral 10 de la Ley No. 15-19, Sobre Régimen Electoral”, refiere la sentencia.

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Periodista dominicana, uasdiana, escribe sobre política, elecciones y más.