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El Estado español debe indemnizar a la familia de periodista muerto en Irak

Madrid, 15 jul (EFE).- El Tribunal Supremo español confirmó hoy la condena al Estado a indemnizar con 182.290 euros (215.000 dólares) a la viuda y a los dos hijos del periodista José Couso, fallecido en 2003 en Bagdad, durante la guerra de Irak.

Ya la Audiencia Nacional reconoció el derecho a dicha indemnización a la familia del cámara de televisión español, por los perjuicios que se les ocasionó por la omisión de protección diplomática tras el fallecimiento, pero la Abogacía del Estado recurrió al Tribunal Supremo.

Couso (1965), cuya muerte tuvo un gran impacto en la sociedad española en ese momento muy movilizada contra esa guerra, murió por los disparos de un tanque estadounidense cuando se encontraba en un hotel de Bagdad el 8 de abril de 2003.

En su sentencia, el Tribunal Supremo afirma que 'el Estado español estaba obligado a hacer gestiones en pro de una investigación internacional objetiva de los hechos y en su caso utilizar los medios que estimara procedentes que pudiera dar como resultado la reparación del daño ocasionado'.

Insiste en que 'lo que no es admisible es omitir cualquier acción que no sea la de dar por buenas las escuetas explicaciones dadas por el Estado que ocasionó el daño' y añade que se debió buscar una valoración objetiva de los hechos y las consecuencias.

El Alto Tribunal rechaza la alegación de la Abogacía del Estado de que los familiares de Couso no agotaron los recursos internos de reclamación ante los tribunales de Estados Unidos, y afirma que eso hubiera requerido una disponibilidad económica de la que no consta que pudieran asumir los familiares del cámara fallecido, por lo que si era necesario, la Administración “bien pudo facilitar los medios para ello', concluye.

La resolución declara a los efectos de fijar jurisprudencia que 'los ciudadanos españoles tienen derecho a la protección diplomática por parte de la Administración nacional para el resarcimiento de los perjuicios ocasionados por un hecho ilícito conforme al derecho internacional provocado directamente por otro Estado', siempre que el perjudicado no fuera reparado por el Estado que causó el daño. EFE

cng/fg/ma/ie

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