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El Supremo exime a Holanda de tener que repatriar a niños atrapados en Siria

La Haya, 26 jun (EFE).- El Tribunal Supremo de Países Bajos eximió este viernes al Estado holandés de la obligación de recoger y repatriar a las mujeres holandesas y sus hijos retenidos en los campos de detención del norte de Siria, adonde viajaron para sumarse a las filas del grupo terrorista Estado Islámico (EI).

Los familiares y representantes de 23 mujeres iniciaron el año pasado un procedimiento judicial para exigir al Estado holandés la repatriación de estas ciudadanas holandesas y sus 56 niños, alegando que se encuentran viviendo en 'condiciones terribles y peligrosas' y subrayando 'preocupación' por la seguridad y la salud de sus pequeños.

En una sentencia previa, un tribunal local de La Haya dio la razón a estas mujeres, exigiendo a Holanda su repatriación, pero en el recurso presentado por el Estado, el Tribunal de Apelación dictaminó que el Gobierno no tiene la obligación de 'hacer un esfuerzo activo' para traer a Holanda a los niños, y por ende a sus madres, alegando que 'un juez no debe ejercer de político'.

'Está claro que estas mujeres y los niños viven en condiciones terribles. Pero el Estado tiene libertad política. Depende de la política, no del juez, juzgar las circunstancias terribles en las que están estas personas', subrayó el tribunal en su sentencia.

Este último fallo ha sido ratificado hoy por el Supremo, que añade que los tratados internacionales relativos a la protección de los derechos humanos 'no se aplican directamente' a la situación de estas mujeres porque se encuentran fuera del territorio holandés, y han viajado 'voluntariamente' a una zona en conflicto ocupada por un grupo yihadista.

'Tampoco existen circunstancias especiales que signifiquen que la responsabilidad de Países Bajos por las mujeres y los niños se deriva de los tratados de derechos humanos', aseguró.

Además, dando la razón al Estado, consideró que la repatriación de estas ciudadanas puede 'poner en peligro la seguridad nacional' en Países Bajos y en el resto de Estados partes del espacio Schengen, y también 'existen riesgos para los funcionarios holandeses' que tendrían que ir a recoger y acompañar de vuelta a Holanda a este grupo de personas desde el norte de Siria.

El equipo de abogados de estas mujeres aseguró a la prensa estar 'decepcionado' con el fallo del Supremo, y tiene ahora su esperanza puesta en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, al que han exigido 'la extensión de la protección que brinda el Convenio Europeo de Derechos Humanos contra la detención y la tortura' a la situación de sus clientes.

El Tribunal Supremo recordó también que solo puede decidir sobre el grupo en general, y no sobre casos individuales, los cuales pueden ser atendidos con más espacio de debate si hay circunstancias especiales.

Este es el caso de una mujer de 52 años, Naima el O., que sufrió quemaduras el pasado mayo cuando explotó una bombona en su tienda, dentro del campo de detención, y según su abogado, las heridas sufridas han comenzado a infectarse porque no está recibiendo el tratamiento adecuado y el Estado debería repatriarla a Holanda para recibir atención médica.

La Justicia holandesa decidirá el próximo 2 de julio en el caso de Naima, que viajó a Siria hace seis años con sus dos hijos, uno de los cuales, un adolescente de 15 años, murió en un ataque. EFE

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