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¿Cuáles procesos no se pueden suspender por el coronavirus en la justicia?

Se han estado tomando medidas para que las personas puedan tener acceso a la justicia durante la cuarentena

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¿Cuáles procesos no se pueden suspender por el coronavirus en la justicia?
Un alguacil, un abogado y un agente de seguridad en el Palacio de Justicia de Ciudad Nueva. (DIARIO LIBRE / PEDRO BAZIL)

Todas las labores institucionales han comenzado a mermar debido a la situación creada en el país por el coronavirus, y la justicia no es la excepción. Sin embargo hay procesos en los tribunales de la república que deben seguir funcionando para garantizar los derechos de los ciudadanos.

Por ejemplo, las oficinas de Servicios de Atención Permanente deben funcionar con normalidad, aunque con personal reducido, durante la cuarentena declarada por el Gobierno. Esto debido a que es ese tribunal a donde son llevadas todas las personas que comenten un crimen o delito para solicitarle medida de coerción.

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Infografía
Personas entran a un palacio de justicia este jueves 19, primer día de cuarentena por coronavirus.

En cuanto a procesos penales ya iniciados, tanto en los tribunales ordinarios como en los tribunales de Niños, Niñas y Adolescentes, los jueces deberán tomar todas las medidas de lugar para garantizar el principio de inmediación, de acuerdo con lo ordenado por el Consejo del Poder Judicial. Esto quiere decir que no pueden transcurrir diez días seguidos sin que el juez pueda conocer una vista sobre el proceso judicial.

Es por esto que durante la cuarentena, y la suspensión de las audiencias, hay algunos jueces que no son de Atención Permanente que están asistiendo a audiencias, aunque las estén posponiendo por petición de las partes.

El Consejo del Poder Judicial dispuso que las audiencias celebradas en este período, deberán realizarse en las salas de mayor amplitud de la sede judicial correspondiente, con la finalidad de mantener la mayor distancia posible entre los asistentes y minimizar el riesgo de contagio.

Se mantiene en los tribunales y los órganos administrativos la recepción de documentos con el personal mínimo requerido para la prestación del servicio, en virtud de las disposiciones legales vigentes.

“La evolución de los acontecimientos, aunado a las recientes alertas sanitarias emitidas a nivel nacional, imponen la adopción de medidas eficaces para hacer frente a esta situación”, expresa la resolución del poder en su resolución el Consejo del Poder Judicial.

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Infografía
Así de vacío lucía el Palacio de Justicia de Ciudad Nueva este jueves. (DIARIO LIBRE / PEDRO BAZIL)
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Periodista en ejercicio desde el 2014. Ha ejercido la profesión en los principales medios impresos de la República Dominicana. Escribe sobre casos judiciales, derechos humanos, criminalidad y otras problemáticas sociales.