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Violencia sexual
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La Fiscalía española recurrirá polémica pena que favoreció a los violadores de una menor de edad

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La Fiscalía española recurrirá polémica pena que favoreció a los violadores de una menor de edad
Vista de un cartel que hace parte de la nueva campaña “de hombres a hombres” que propone crear una conversación entre el género masculino para combatir el acoso sexual en los espacios públicos mexicanos, donde una de cada tres mujeres ha experimentado algún tipo de violencia sexual, este lunes en Ciudad de México (México). (EFE)

Barcelona (España), 6 nov (EFE).- La Fiscalía española anunció este miércoles que recurrirá la sentencia que condenó recientemente a cinco procesados por un delito de abuso sexual, y no por agresión sexual como pedía, por el asalto por turnos a una menor de 14 años en la población española de Manresa (provincia de Barcelona) en 2016.

La Audiencia de Barcelona los condenó el jueves pasado a penas de entre 10 y 12 años y absolvió a otros dos acusados por los hechos, ocurridos durante una celebración con bebidas alcohólicas en una fábrica abandonada. Los procesados son tres españoles, tres cubanos y un argentino.

Los condenados están en libertad provisional y solo uno de ellos permaneció dos años en prisión preventiva por la causa abierta a causa de la violación múltiple.

La sentencia generó polémica y protestas ciudadanas convocadas por un centenar de asociaciones feministas en varias ciudades de España para exigir la reforma del Código Penal español, una demanda que recogió hasta ahora más de 300.000 firmas en la plataforma de peticiones change.org.

El tribunal descartó la tesis de la Fiscalía de que los condenados se valieron de su superioridad numérica y el estado de ebriedad de la víctima para intimidarla y agredirla sexualmente, y mostró su ‘sorpresa’ porque el ministerio público, que inicialmente acusaba a los procesados de abusos, lo elevara a agresión sexual en sus conclusiones definitivas.

Los hechos deben ser calificados de abuso, según la sentencia, porque la víctima se encontraba ‘en estado de inconsciencia, sin saber qué hacía y qué no hacía’ y sin poder ‘determinarse y aceptar u oponerse a las relaciones sexuales’ con los procesados, quienes no tuvieron que emplear ‘ningún tipo de violencia o intimidación’ contra ella.

Según el tribunal, esto encaja en el artículo 181.2 del Código Penal español, que considera abusos sexuales no consentidos los que se ejecutan sobre personas que se encuentren privadas de sentido o anulando la voluntad de la víctima mediante fármacos, drogas u otras sustancias.

En otro caso ocurrido en España, que generó también gran polémica, los cinco jóvenes del grupo ‘La Manada’ fueron condenados inicialmente a nueve años de prisión por abusos sexuales cometidos contra una joven en los sanfermines de 2016, pero el Tribunal Supremo elevó la pena en junio pasado a quince años al considerar que se trató de una violación. EFE

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