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Observadores de la OEA proponen competencia única del TSE

Plantearon afianzar la labor de la Procuraduría Especializada en Crímenes Electorales

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Observadores de la OEA proponen competencia única del TSE

La misión de observadores de la Organización de Estados Americanos (OEA) propuso que, por la vía de la reforma legislativa o la interpretación constitucional, se establezca la competencia única del Tribunal Superior Electoral (TSE) para conocer los conflictos que atañen al proceso electoral.

Plantearon robustecer y afianzar la emergente labor de la Procuraduría Especializada de manera que pueda responder de manera eficiente a la tarea que la ley le manda.

En su informe preliminar de las elecciones del pasado 15 de marzo proveer al sistema de persecución y sanción de los crímenes electorales de todas las garantías propias de la justicia penal, incluyendo el derecho a la doble instancia.

Además piden fortalecer las capacidades técnicas, materiales y logísticas del TSE para que pueda desempeñar sus funciones como tribunal penal electoral, sin que ello menoscabe su jurisdicción en los asuntos contencioso-electorales no punitivos.

Sugirieron proveer a las Juntas Municipales Electorales de mayores capacidades técnicas en la resolución de asuntos contenciosos, lo que aliviaría la carga de trabajo del TSE y le permitiría enfocarse en los temas de mayor impacto en el proceso electoral.

Recordaron que misión de la OEA de 2016 ya señaló en su informe la importancia de que se le otorgara al TSE la potestad jurídica y material de revisar la regularidad legal y constitucional de todos los actos administrativos que en materia electoral emita cualquier autoridad.

Otro punto es poner a disposición de las partes y del público en general información actualizada del estatus en que se encuentran las denuncias, demandas y petitorias presentadas ante las autoridades administrativas y judiciales, de forma que se pueda corroborar el avance de las diligencias en el cauce institucional, con fecha de recepción, asignación a despacho, resolución y notificación.

Asimismo, mejorar los motores de búsqueda, los acervos y los repositorios de resoluciones de los órganos electorales, con el objetivo de facilitar el acceso a la información.

Choque de poderes

Manifestaron que el Tribunal Constitucional reiteradamente ha fallado sosteniendo que la revisión de los actos administrativos de la JCE le compete al Tribunal Superior Administrativo (TSA), desconociendo el hecho de que los actos de la JCE son formalmente administrativos pero materialmente electorales, lo que ha ocasionado que el TSA hoy se pronuncie sobre cuestiones como la ubicación de los partidos políticos en la boleta.

“Esta fragmentación de competencias abona a la incertidumbre jurídica, afecta la especialización y la unificación de criterios en la jurisprudencia electoral, genera confusión en los actores políticos y dificulta garantizar una justicia oportuna, toda vez que la jurisdicción contencioso-administrativa no está prevista para operar dentro del calendario electoral”, argumentó.

Cabe resaltar que las JEM operan como tribunal de primera instancia para los procesos contenciosoelectorales.

La Misión tomó nota de que gran parte del caudal contencioso del TSE obedece a apelaciones e impugnaciones de decisiones adoptadas a nivel local que demuestran, en muchos casos, falta de conocimiento técnico de las JEM en temas judiciales.

En cuanto al sistema penal electoral, en la reciente reforma se incorporó a la legislación dominicana un catálogo de delitos electorales, que vino de la mano de la creación de la Procuraduría Especializada para la investigación y persecución de los crímenes y delitos electorales.

La Misión saluda estos avances que dotan al sistema dominicano de mayores instrumentos para garantizar el respeto a la voluntad popular, especialmente frente a una percepción por parte distintos actores políticos y sociales en el sentido de que existe un clima de impunidad por ilícitos electorales.

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