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Ley de Partidos

La regulación del debate electoral en las redes sociales y la Ley de Partidos

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La regulación del debate electoral en las redes sociales y  la Ley de Partidos
Julio César Castaños Guzmán

SANTO DOMINGO. La promulgación de la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos plantea un gran reto a las autoridades, como el de aplicar vigilancias para evitar que, a través de las redes sociales, se difundan falsas percepciones que afecten la imagen de los candidatos, tal y como ha ocurrido en las últimas elecciones en Estados Unidos y el Brexit, en Inglaterra.

El legislador previó esta situación y en el numeral 6 del artículo 44 de dicha pieza establece que:” La difusión de mensajes negativos a través de las redes sociales que empañen la imagen de los candidatos serán sancionadas conforme los artículos 21 y 22 de la Ley No.53-07, sobre crímenes y delitos de alta tecnología”.

Es muy reciente el escándalo desatado con las filtraciones de datos de 50 millones de usuarios de Facebook con los cuales se elaboraron perfiles sicológicos para que la empresa británica Cambridge Analytica enviara mensajes a los electores, lo que influyó en el triunfo de Donald Trumps y el Brexit, en Gran Bretaña, que advirtió a todo el mundo sobre el esquema de manipulación del votante a través de las redes sociales.

En ambos casos se enviaron a los electores todo tipo de mensajes, lo que se ha denominado fake news, es decir una apreciación falsa de la realidad para inclinar el voto a favor de determinado candidato.

Para esto se recurre a los llamados bots, o sea los robots, que envían millones de mensajes (textos y videos, voz) en breve tiempo y que con cuentas falsas que solo pueden ser eliminadas por los administradores de las redes donde fueron creadas, es decir Twitter, Facebook, Instagram, entre otras.

A Facebook, que cuenta con 2,046 millones de usuarios, le costó miles de millones de dólares las filtraciones de datos de 50 millones de sus seguidores en Estados Unidos, para los cual se acusó a Mark Zuckerberg, su presidente, quien tuvo que dar explicaciones en el Congreso de Estados Unidos y en el Parlamento Europeo y el prestigio de la empresa disminuyó hasta el extremo de que se convirtió en tendencia con el hastag: #deleteFacebok.

Lo que dice la ley

El artículo 21 de la Ley sobre delito de alta tecnología, dice que la difamación cometida a través de medios electrónicos, informáticos, telemáticos, de telecomunicaciones o audiovisuales, se sancionará con la pena de tres meses a un año de prisión y multa de cinco a 500 veces el salario mínimo.

La misma normativa jurídica establece en el artículo 37 que las investigaciones de los casos y el sometimiento a la justicia de las personas involucradas serán apoyadas por el Departamento de Investigación de Crímenes y Delitos de Alta Tecnología (DICAT), el cual tendrá oficiales de enlace de la División de Investigación de Delitos Informáticos (DIDI) del Departamento Nacional de Investigaciones, de la Secretaría ( Ministerio) de Estado de las Fuerzas Armadas y de la Dirección Nacional de Control de Drogas.

Está pendiente por parte de la Junta Central Electoral elaborar el reglamento de aplicación de la Ley de Partidos, en la cual seguro que se definirán los alcances para aplicar el numeral 6 del artículo 44 de la misma normativa que regula el uso de las redes sociales en la campana.

Se espera que este reglamento en cuanto a las redes sociales, como han advertido algunas personas, no se convierta en una limitante de la libertad de expresión durante la campaña electoral.

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Infografía

La nueva legislación obliga a las autoridades de mantenerse atentas e incluso crear departamentos técnicos que den seguimiento a la creación de cuentas falsas por las redes sociales con la finalidad de usarse en la campaña electoral con el fin de empañar la imagen del contrario.

Actualmente en las redes sociales dominicanas circulan decenas de cuentas falsas y de parodias con las cuales se envían diversos mensajes, casi siempre negativos de las personas que critican. Hay perfiles de usuarios falsos que se dedican a comentar noticias en los periódicos electrónicos en los distintos medios de comunicación de manera anónima.

La Ley de partidos y agrupaciones políticas establece que se sancionara a quienes se dediquen durante la campaña a difamar por las redes sociales, lo que indica que la Junta Central Electoral se auxiliará de algunos organismos técnicos como el Dicat detectar para sancionar a los responsables de este delito.

Hay que esperar que en la Ley Electoral, que está por aprobarse, se amplíe y se defina aún más las el uso de las redes sociales en el debate políticos de las campaña electorales, tomando en cuenta, que ya hay informaciones de que en otros países las redes se usaron para cambiar el curso de las elecciones imponiendo un candidato.

Se urge una normativa en este sentido debido a que los partidos tienen plataforma para emitir mensajes por las redes sociales con los cuales llegan a miles de electores. Además hay que tener en cuenta en con el desarrollo de la tecnología de la información el debate político se ha trasladado a los teléfonos inteligentes, las computadoras, las tabletas y otros.

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