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PRD y PRSC siguen peleando por la casilla 3 en la boleta; dicen sentencia del TSA les favorece

Los dos partidos aducen que el Tribunal Superior Administrativo falló a su favor

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PRD y PRSC siguen peleando por la casilla 3 en la boleta; dicen sentencia del TSA les favorece
Tribunal Superior Administrativo. (ARCHIVO/DIARIO LIBRE)

Continúa este lunes la pugna entre los partidos Reformista Social Cristiano (PRSC) y Revolucionario Dominicano (PRD) por la casilla número 3 en la boleta electoral.

Ambas organizaciones se atribuyen ganancia de causa de parte del Tribunal Superior Administrativo (TSA) en cuanto a que les pertenece esa casilla con miras a las elecciones de este 2020.

“El TSA ha hecho justicia al suspender la Resolución 34/19. La @juntacentral está obligada a imprimr las boletas en base al criterio fijado en el Acta 31/16 y la Resolución del 22 de mayo de 2017, que reconocen la casilla 3 a @miprd”, dijo Miguel Vargas, presidente del partido blanco. El político hizo el planteamiento en su cuenta de Twitter.

La misma red usó Eduardo Jorge Prats, abogado del PRD, para reforzar la posición de Vargas.

“¡Fake news! El juez no ordenó cambio en las posiciones de la boleta electoral porque al suspender la Res. 34-19 entra de nuevo en vigor el criterio de la vieja normativa. Tampoco ordenó reimpresión de las boletas porque no habían sido impresas. ¡Al PRD le toca el recuadro no. 3!”, acotó.

De su lado, los reformistas aducen que en la sentencia 0030-01-2020-0001, El Tribunal Superior Administrativo explicó, en el párrafo 41 “que no le corresponde decidir sobre la contribución económica del Estado a los partidos políticos, la suspensión de la impresión de las boletas o reimpresión en caso de que hayan sido impresas”.

“En la especie solo nos corresponde establecer un criterio sobre los efectos del acto administrativo contentivo de la Resolución No. 34-19 del diez de diciembre del 2019, y en consecuencias, y no así sobre los demás aspectos, tales como la distribución de la contribución económica del Estado a los partidos políticos, la suspensión de la impresión de las boletas o reimpresión en caso de que hayan sido impresas, se rechazan ya que los mismos no se corresponden con la competencia del juez cautelar, sino que son aspectos de fondo del recurso contencioso administrativo y de los cuales no está apoderada esta Presidencia, por vía de consecuencia los rechaza sin necesidad de que dicho fallo figure en el dispositivo de la sentencia, dice el referido párrafo de la sentencia”, dijo el PRSC en una nota de prensa.

El partido reformista alega “que de esta forma quedó aclarado que el juez no ordenó cambio en las posiciones de la boleta electoral, tampoco ordenó reimpresión de las boletas, ni cambio en el criterio que debe aplicar la Junta Central Electoral para la elaboración de las boletas electorales o la distribución de los fondos que otorga el Estado a los partidos políticos”.

También dijo que entiende que la que la JCE deberá conocer del recurso de revisión interpuesto por el PRD contra la Resolución No. 34-2019 y ordenar la impresión de las boletas electorales a ser usadas en las elecciones municipales del próximo 16 de febrero del 2020.

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