Cafe´ Laboral: Sobre el descanso y los días feriados
En el artículo 163, la legislación explica que todo trabajador tiene derecho a 36 horas de descanso semanal ininterrumpido. Su inicio puede ser el convenido entre el empleador y el empleado, no obstante, a falta de esta negociación, este periodo iniciará a partir del sábado a mediodía.
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