Decreto | Autorizan a los repartidores de comida a circular hasta las 11:00 de la noche
Solo podrán hacerlo para ejercer esas funciones
El presidente Luis Abinader autorizó este viernes a los empleados o contratistas de alimentos (deliverys) a circular durante el toque de queda, hasta las 11:00 de la noche, “exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales”.
La disposición está contenida en el decreto número 380-20 con el cual agregó un numeral, el número 11, a l decreto 266-20, que establece el toque de queda en todo el territorio nacional del 20 de julio pasado.
“Empleados o contratistas de restaurantes que brinden servicios a domicilios de alimentos cocidos, los cuales podrán circular hasta las 11:00 p.m., exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales”, se establece en el nuevo numeral 11, del 266-20, incluido mediante el decreto 380-20.
Este decreto viene precisamente luego que un hombre se encadenara en San Francisco de Macorís, pidiendo que le dejen trabajar durante el horario del toque de queda, mediante la modalidad de delivery.
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