DGII dispone normas para control de ITBIS
La norma instituye como agentes de retención sociedades cualquier naturaleza
SANTO DOMINGO. La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) anunció la entrada en vigencia de la Norma General 07-09 mediante la cual instituye como agentes de retención del ITBIS a las sociedades de cualquier naturaleza, cuando paguen las prestaciones de servicios profesionales liberales y servicios de seguridad o vigilancia a otras sociedades con carácter lucrativo o no.
Con la medida, publicada este martes en la prensa nacional, Impuestos Internos fortalecerá los mecanismos que aseguren un adecuado control en el proceso de recaudación del Impuesto sobre las Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS).
La Norma 07-09, que modifica el Artículo 1 y 5 de la Norma General 02-05, establece que los servicios de seguridad o vigilancia tendrán una retención aplicable de un 100% del valor del ITBIS facturado.
Sin embargo, dicha retención no libera a las empresas de servicios de seguridad o vigilancia de la obligación de realizar la declaración mensual del ITBIS. Si en la declaración del ITBIS se origina un saldo a favor por el impuesto adelantado en compras de bienes y servicios; se solicitará compensación del mismo.
Sin embargo, dicha retención no libera a las empresas de servicios de seguridad o vigilancia de la obligación de realizar la declaración mensual del ITBIS. Si en la declaración del ITBIS se origina un saldo a favor por el impuesto adelantado en compras de bienes y servicios; se solicitará compensación del mismo.
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