Diputados aprueban modificación al Código del Menor aumenta penas

Los diputados aprobaron la modificación en primera lectura.
SD. La Cámara de Diputados aprobó ayer en primera lectura, la modificación del Código para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes o Código del Menor, acogiendo un informe favorable presentado por la Comisión Permanente de Justicia que reforma los artículos 223, 224, 279, 291, 296, 339, 340, 380 y suprime el artículo 350 de la legislación.

A favor de los cambios al Código, sometido por el diputado Ramón Rogelio Genao votaron 133 diputados; dos en contra: José Geovanny Tejada y Luis Sánchez, y no votaron Josefa Castillo y Víctor Lasosé.

Establece la pena máxima de 3 a 10 años de reclusión para los menores que delinquen con edades entre los 13 y 15 años; y aumenta la pena máxima de 5 a 15 años de reclusión a los que delinquen con edades entre 16 y 18 años.

La pieza eleva de 10 a 30 días la investigación a los menores que sean investigados por cometer en un hecho delictivo.

Asimismo, el artículo 380, que indica que las penas se ejecutarán en centros de privación de libertad especiales para adolescentes, que serán diferentes a los destinados para la población penitenciaria adulta.

También el artículo 224, el cual dispone que cuando una persona alegue ser menor de edad, deberán hacerse las pruebas especializadas que permitan establecer su edad con exactitud y cuyo único párrafo indica que en todo caso se presumirá menor de edad hasta prueba en contrario y que el tribunal competente para decidir al respecto será siempre el de niños, niñas y adolescentes.

Los cambios introducidos al artículo 291 establecen que la privación provisional de libertad, ordenada por un juez durante la investigación, tendrá una duración de cuatro meses y podrá prorrogarse exponiendo los motivos al juez de Niños, Niñas y Adolescentes.

En los hechos de flagrancia, las personas que realicen el apresamiento deberán poner de inmediato al Ministerio Público de la jurisdicción de Menores al imputado y éste, a su vez, deberá presentar la acusación a más tardar dentro de los 30 días siguientes.

Igualmente, el artículo 339 dispone que la privación de libertad definitiva en un centro especializado, que será aplicada cuando la persona adolescente fuere declarada responsable por sentencia irrevocable por la comisión de homicidios, lesiones físicas permanentes, violación y agresión sexual, robo agravado, secuestro, venta y distribución de drogas e infracciones a ley penal vigente que sean sancionadas con penas de reclusión mayores de cinco años.

Los debates

El presidente de la Cámara de Diputados, Abel Martínez, deploró que menores cometan crímenes bochornosos y abominables, como asesinatos, robos y tráfico de drogas, y en ese sentido dijo que el Congreso, para dar respuesta a esa situación, debe sancionar leyes que frenen estos hechos.

Nelson Arroyo manifestó su desacuerdo en que haya grupos de hombres y mujeres en la sociedad "quieran pintar" que los problemas de la delincuencia son exclusividad de los jóvenes.

Teodoro Ursino Reyes, manifestó que en este tema se ha sido injusto, y muchos han actuado con doble moral, pues muchos organismos defienden a los menores criminales, pero no lo hacen cuando éstos asesinan a hombres y mujeres de trabajo.