Seccionales de la ADP informan a docentes que el año escolar finaliza el 15 de julio

El Minerd ratificó que termina el 22 para estudiantes y el 29 para los docentes

Seccionales de la ADP informan a docentes que las vacaciones inician el 15 de julio. (Pedro Bazil.)

El Ministerio de Educación reiteró el pasado mes que el 22 de julio es  la fecha en que finaliza el año escolar para los estudiantes y el 29 de julio para los docentes, pero algunas seccionales de la Asociación Dominicana de Profesores (ADP), han informado a los docentes que el 15 de julio sería el cierre del año lectivo y el inicio de las vacaciones.

De acuerdo a varias circulares enviadas a Diario Libre se informa que el calendario que seguirán los docentes para el mes de julio que inició el día primero con un “día de asueto magisterial”.

El Viceministerio de Asuntos Técnicos y Pedagógicos del Ministerio de Educación informó a la comunidad educativa que ninguna instancia u organismo que no sea el Consejo Nacional de Educación, tiene la facultad de alterar la marcha del Calendario Escolar.

Sin embargo y a modo de  ejemplo, la Seccional de Sánchez, en Samaná,  sobre la finalización del año escolar decidió e implementó  del 7 al 17 de junio  la docencia normal donde se completaron los contenidos y repasos y del 20 al 24 se hizo la evaluación del proceso de enseñanza-aprendizaje.

Del 27 de junio al 8 de julio se trabajó con los estudiantes de secundaria que quedaron en recuperación  y se aplicarán las pruebas completivas y  del 11 al 15 de julio aplicación de pruebas extraordinarias, entrega de notas, cierre del año escolar e inicio de  las vacaciones.

“Recordando que solo los docentes que hayan culminado con sus trabajos y obligaciones en el centro entran de vacaciones en la fecha dispuesta”, expresa la circular.

Del 12 al 15  julio el Ministerio de Educación impartirá las Pruebas Nacionales  en el nivel secundario y del 16 al 24 para el subsistema de jóvenes y adultos.

De acuerdo al comunicado del Minerd,  estas fechas, al igual que las de los demás eventos académicos del presente año escolar, están establecidas en el Calendario Escolar, el cual fue aprobado por el Consejo Nacional de Educación en su Sesión Ordinaria del 19 de agosto del 2021, mediante Resolución 05-2021”.

Al ratificar el Calendario Escolar, indica la fecha de finalización del año escolar no afecta las vacaciones de los docentes, ya que el artículo 83 del Reglamento del Estatuto del Docente establece que “El docente tendrá derecho a gozar del siguiente período vacacional: a) en Semana Santa, cinco (5) días laborables; b) en Navidad diez (10) días laborables; c) después de terminado el año escolar, cuatro (4) semanas”.

Periodista con amplia experiencia en investigación.