El caso Bancrédito, o cómo se fabrica una prueba falsa

Una auditoría falsa, sobre el período equivocado y requerida a posteriori, son la base de una condenación injusta

El Banco Nacional de Crédito.
Santo Domingo. A pesar de que el Banco Central participó en todo el proceso de compraventa del Bancrédito y de la debida diligencia (due diligence) de la situación financiera del mismo, además de formalizar el Contrato Tripartito, posteriormente, y como mecanismo para eludir sus restantes compromisos en el acuerdo, la entidad introdujo el 7 de noviembre del 2003 por ante el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Nacional, junto con la Superintendencia de Bancos, una querella con constitución en parte civil en perjuicio de los ejecutivos del Bancrédito por supuesta estafa, abuso de confianza y violación a los literales d) y e) del artículo 80 de la Ley Monetaria y Financiera.

En razón de la naturaleza civil y comercial de la querella, el Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Nacional la rechazó afirmando "que los hechos que conforman la querella en cuestión, se refieren únicamente a contestaciones civiles entre las partes".

Sin embargo, el Banco Central y la Superintendencia de Bancos, valiéndose de que a dicha fecha todavía regía el Código de Procedimiento Criminal, reintrodujeron el 27 de enero del 2004 la querella previamente rechazada por el Fiscal del Distrito, basada en los mismos hechos, causas y fundamentos, quedando apoderado el Sexto Juzgado de Instrucción (actual Segundo Juzgado Liquidador).

Solamente había un problema: Los querellantes tenían pleno conocimiento de que su instancia carecía de prueba alguna. En esa virtud, el Banco Central y la Superintendencia de Bancos optaron por procurarse una "prueba" y es por ello que, de grado a grado, designan a la empresa de corredores de seguros "Duarte & Asociados" para que practicara una supuesta "Auditoría Forense" al Bancrédito, que se comienza a realizar un mes después de la querella, el 26 de febrero del 2004.

La contratación de la firma violaba principios legales y éticos básicos, y su labor tampoco cumplía con los requisitos establecidos en las normas de auditoría generalmente aceptados.

Finalmente, la firma concentró su trabajo en los datos a partir del 30 de junio del 2003. Esto resulta de importancia vital porque todas las acusaciones se refieren a supuestas violaciones ocurridas durante el año anterior, es decir, un período no cubierto en la "auditoría", y luego de que los antiguos propietarios de Bancrédito hubiesen transferido la propiedad del banco a los nuevos dueños, lo que ocurrió el 13 de junio del 2003.

El propio Duarte reconoce en la página 3 de su "informe" que "Para permitir que los nuevos propietarios hicieran parte de los ajustes en los libros seleccionamos la fecha junio 30 del 2003, como punto de partida para nuestras (las de Duarte) investigaciones".

La falsa auditoría

Como la auditoría que sirvió de base a la operación de venta del Bancrédito, realizada por la KPMG no mostraba falta alguna, se tuvo que recurrir a una supuesta auditoría realizada por la firma de auditores de fecha 4 de junio del 2004. Esa comparación entre una auditoría real y otra supuesta, es lo que sostiene la acusación del Ministerio Público.

Sin embargo, un investigador que no hubiese estado prejuiciado, habría notado fácilmente que se trataba de un borrador, pues ni siquiera está firmada por contador público alguno, ni tiene sello, ni tampoco opinión, por lo que en realidad no existe.

El artículo 6 de la Ley No. 633 Sobre Contadores Públicos Autorizados dispone en su parte infine que para la validez de una auditoría "…tanto el original como el duplicado del reporte (de auditoría) serán suscritos y sellados por el Contador Público".

Posteriormente, la firma KPMG ha ratificado por escrito "que no ha emitido un informe de fecha 4 de junio del 2004 sobre los estados financieros de Banco Nacional de Crédito, S. A., al 31 de diciembre del 2002".

Con una prueba fabricada después de interponer la querella y de la manera más vil, se condenó a Manuel Arturo Pellerano y a Juan Felipe Mendoza Gómez.