Condenan a chofer implicado en accidente de Bávaro que dejó cinco turistas muertos
La sentencia también condena al imputado al pago de una multa de RD$2,000
El Juzgado de Paz Especial de Tránsito de Higüey, en la provincia La Altagracia, condenó al conductor Franklin Nin Pérez a tres años de prisión correccional, tras hallarlo culpable de causar el accidente de tránsito en Bávaro que dejó cinco turistas muertos y decenas de heridos.
El veredicto fue emitido el 20 de febrero del 2025 por el magistrado Pedro Nicolás Mojica, juez suplente de la Sala I del tribunal, luego de valorar las pruebas presentadas por el Ministerio Público, representado por los fiscales Luis Omar García y Yaskaris Faulkner Castillo.
La sentencia también condena al imputado al pago de una multa de RD$2,000 y al pago de las costas penales en favor del Estado dominicano.
El tribunal declaró que Franklin Nin Pérez violó varios artículos de la Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, incluyendo conducción temeraria, negligencia y falta de cumplimiento con normas de seguridad vial, así como disposiciones de la resolución regulatoria 002-2019 del Intrant.
Cinco muertos
El accidente ocurrió el 6 de octubre del 2022 en la zona turística de Bávaro, cuando un autobús que transportaba a más de 40 pasajeros perdió el control y se volcó.
Una turista de nacionalidad chilena que sobrevivió al accidente aseguró que el conductor se accidentó porque iba a exceso de velocidad y no porque estuvo realizando una maniobra para evitar el impacto con un camión.
Entre las víctimas mortales figuran Valeria Paola Medina, Juan Carlos Curiantun y Karla Rodríguez Dionicio. Otros pasajeros, entre ellos ciudadanos argentinos, brasileños, mexicanos y chilenos resultaron gravemente heridos.
Además de la condena penal, el tribunal reconoció la participación de numerosos querellantes y actores civiles, representados por los abogados Carmen S. Herrera Medrano, Bienvenido Fabián Melo y Carlos De Jesús Rivas Herrera, en representación de las víctimas sobrevivientes y de los familiares de los fallecidos.
La sentencia es apelable conforme a lo establecido en el Código Procesal Penal.
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