TC ordena conocer de nuevo un caso que la Suprema declaró inadmisible por usar mal una palabra
La alta corte consideró que la decisión fue "desproporcionada e irrazonable" frente al derecho a ser oído de la parte recurrente
La tutela judicial efectiva no puede ser vulnerada por una aplicación rígida de las formas procesales y ese fue el precedente reiterado por el Tribunal Constitucional (TC) al ordenar que se conozca nuevamente un proceso que la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) declaró inadmisible por el uso incorrecto de una palabra.
El caso se originó luego de que la Sala Civil y Comercial no admitiera un recurso de casación, al entender que en sus conclusiones solicitó “revocar” la sentencia impugnada, una facultad que está prohibida para la SCJ en sus funciones como corte de casación.
El TC anuló la decisión de la alta corte al considerar que ese tribunal incurrió en un “excesivo formalismo y rigor semántico” que vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva de la parte recurrente.
- La decisión está contenida en la sentencia TC/0262/26, emitida el 1 de mayo de 2026, en el marco de un recurso de revisión constitucional interpuesto por la sociedad comercial Centro Comercial Los Polancos, S.A.
“Si bien podría retenerse el uso incorrecto del término revocar en las conclusiones contenidas en el memorial de casación, se trataba de una cuestión subsanable, pues tanto las motivaciones como los demás pedimentos estaban correctamente dirigidos al tribunal”, manifesta el TC en la sentencia.
La alta corte constitucional indicó que declarar inadmisible un recurso únicamente por el uso erróneo de una palabra constituye una limitación "irrazonable" al derecho de acceso a la justicia y al debido proceso.
“La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia vulneró el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva y debido proceso, pues la declaratoria de inadmisibilidad por el uso incorrecto de un término en el recurso de casación del que estaba apoderada se constituye en una limitación desproporcionada e irrazonable al derecho a ser oído de la parte recurrente”, establece la decisión.
En la decisión el TC recordó el precedente decidido mediante la Sentencia TC/1661/25, de diciembre del año pasado, donde los magistrados anularon una decisión de la Primera Sala de la SCJ que declaró inadmisible un recurso de casación con base al empleo erróneo de una palabra.
El caso
Este conflicto surgió por una disputa comercial entre las empresas Centro Comercial Los Polancos, S.A. y Vitusa Corp., relacionada con una deuda.
El caso comenzó con una demanda en cobro de pesos presentada por Vitusa Corp., contra Centro Comercial Los Polancos. En 2012, un tribunal de primera instancia condenó a Los Polancos al pago de 328,524.95 dólares, más las costas del proceso.
Ambas empresas apelaron esa decisión. Posteriormente, la Corte de Apelación anuló la demanda original, pero Vitusa Corp. volvió a presentar el caso ante los tribunales.
En ese segundo proceso, otro tribunal condenó nuevamente al Centro Comercial Los Polancos al pago de 254,472.25 dólares. La empresa apeló, pero la Corte de Apelación confirmó la sentencia.
Luego, Los Polancos recurrió en casación ante la Suprema Corte de Justicia. Sin embargo, la Primera Sala de la SCJ declaró inadmisible el recurso porque en las conclusiones del escrito los abogados solicitaron “revocar” la sentencia, en vez de pedir que fuera “casada”.
Ante eso, Centro Comercial Los Polancos acudió al Tribunal Constitucional alegando que la Suprema incurrió en un exceso de formalismo y le violó el derecho a la tutela judicial efectiva.
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