Corte modifica condenas a implicados en red que borraba antecedentes en la Procuraduría
El grupo es señalado por eliminar casi 17,000 fichas criminales a cambio de sobornos por los cuales cobraban RD$ 8,000 y RD$30,000
La Tercera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional modificó las condenas impuestas a tres de los acusados de integrar una red que eliminaba y alteraba antecedentes penales a cambio de sobornos y absolvió a uno de los cuatro recurrentes.
En su decisión, el tribunal declaró culpables a Luis Peña Cedeño, Pilar Irene Medina Trinidad de Dotel y José Ramón Quesada Carmona, pero sustituyó las penas de prisión que les habían sido impuestas por sanciones que incluyen arresto domiciliario y suspensión condicional de parte de las condenas.
En el caso de Luis Peña Cedeño, la Corte estableció una pena de dos años de prisión bajo la modalidad de arresto domiciliario y el pago de una multa de RD$40,000.
Mientras que a Pilar Irene Medina Trinidad de Dotel y José Ramón Quesada Carmona les impuso cinco años de prisión, de los cuales tres deberán cumplirse bajo arresto domiciliario, mientras que los dos restantes quedaron suspendidos condicionalmente.
Ambos deberán pagar, además, una multa equivalente a 100 salarios mínimos del sector público y cumplir las reglas establecidas por el tribunal durante el período de suspensión. Entre estas figuran permanecer en los domicilios declarados ante la secretaría de la Corte y notificar cualquier cambio de residencia.
En cambio, el tribunal absolvió a Víctor Gilberto Mercedes Gómez y dispuso el cese de cualquier medida de coerción que pesara en su contra en relación con este proceso.
La decisión también modificó el régimen de pago de las costas penales. Declaró de oficio las correspondientes a Medina Trinidad de Dotel, por haber sido asistida por un miembro de la Oficina Nacional de Defensa Pública, y condenó a Peña Cedeño y Quesada Carmona al pago de las costas del proceso.
Recursos y sentencias
La sentencia de apelación modifica parcialmente el fallo emitido el 28 de agosto de 2025 por el Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, que había condenado a los cuatro recurrentes a 10 años de prisión por su vinculación con la estructura investigada.
El caso forma parte de la Operación Gavilán, mediante la cual el Ministerio Público desmanteló una red que, según la acusación, accedía ilegalmente a los sistemas tecnológicos de la Procuraduría General de la República para borrar, modificar o alterar registros de antecedentes penales a cambio de pagos.
De acuerdo con las investigaciones del órgano persecutor, la red logró eliminar o modificar más de 17,000 antecedentes penales mediante maniobras ejecutadas desde los sistemas informáticos de la institución.
La Tercera Sala Penal conoció los recursos de apelación presentados por Luis Peña Cedeño, Víctor Gilberto Mercedes Gómez, Pilar Irene Medina Trinidad de Dotel y José Ramón Quesada Carmona, luego de escuchar los argumentos de sus respectivas defensas y del Ministerio Público, que había solicitado rechazar los recursos y mantener las condenas originales.
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