Apelarán coerción de uno de los ejecutivos de la Corporación de Crédito Oriental

Está acusado junto a otro de un fraude de 1,600 millones de pesos a decenas de personas en Santo Domingo Este y en el Distrito Nacional

Vista de Roberto Eduardo López Santiago (izquierda) momento en que era trasladado a la sala de audiencia. (Archivo - Eddy Vitini)

El Ministerio Público del Distrito Nacional apelará las medidas de coerción de presentación periódica, impedimento de salida del país y el pago de una garantía económica de RD$500 mil que les fueron impuestas a Robert Eduard López Núñez, uno de los principales ejecutivos de la Corporación de Crédito Oriental S.A, entidad que habría incurrido en un fraude millonario y en la violación a la Ley Monetaria y Financiera en perjuicio de 33 personas.

El órgano persecutor del sistema de justicia indicó que apelará la decisión de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional tras indicar que no se corresponde con la realidad del proceso, tomando en cuenta que López Núñez supuestamente actuó en asociación dentro de la organización criminal con cuyas operaciones resultaron afectadas múltiples víctimas y el sistema financiero del país, establece la Fiscalía.

El Ministerio Público informó que Robert Eduard López Núñez se desempeñaba como la mano derecha del imputado Roberto Eduardo López Santiago, accionista principal de la Corporación de Crédito Oriental S.A, a quien se le impuso una medida de coerción consistente en tres meses de prisión preventiva en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Hombres, en San Cristóbal.

La Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional establece que los imputados conformaron un entramado delictivo a través del cual se dedicaron a estafar a decenas de personas con los depósitos que realizaban en la entidad financiera, logrando distraer sumas millonarias con la finalidad de buscar su provecho personal.

Preliminarmente este caso ha sido calificado como fraude, estafa, abuso de confianza y lavado de activos, delitos que están previstos y sancionados por el Código Penal Dominicano, la Ley Monetaria y Financiera y la Ley contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.

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