Arrestan a exfiscal de Samaná acusado de acoso sexual

Contra Justo Bobadilla, quien fue arrestado en el sector Galá del Distrito Nacional, el Ministerio Público obtuvo una orden de arresto en su contra tras huir de la justicia el pasado año

El extitular de la Fiscalía de Samaná, Robert Justo Bobadilla. (Archivo)

SANTO DOMINGO. El extitular de la Fiscalía de Samaná, Robert Justo Bobadilla, fue arrestado la mañana de este martes, después de ser declarado en rebeldía por el caso que se le sigue por el delito de acoso sexual en perjuicio de varias empleadas y usuarias de esa dependencia.

Contra Justo Bobadilla, quien fue arrestado en el sector Galá del Distrito Nacional, el Ministerio Público obtuvo una orden de arresto en su contra tras huir de la justicia el pasado año.

Mediante un comunicado de prensa a través del cual ofreció la información, el Ministerio Público indicó que el imputado fue trasladado al Departamento Judicial de Samaná, donde en las próximas horas solicitarán que le sea impuesta prisión preventiva, como medida de coerción, para evitar que se sustraiga del proceso judicial que se sigue en su contra.

En ese sentido, dijo que la prisión preventiva es la medida de coerción más idónea para imponerle a Bobadilla, tras recordar que es recurrente en ese tipo de actuación, ya que durante el juicio disciplinario al que fue sometido por la citada denuncia y luego destituido del cargo, solicitó varios aplazamientos y utilizó múltiples mecanismos con el fin de que se prolongara el proceso para luego reclamar la prescripción del mismo.

La Procuraduría General recordó que el Consejo Disciplinario del Ministerio Público (CDMP) destituyó del cargo el pasado año al exfiscal Robert Justo Bobadilla mediante la Resolución de No. CDMP-03-2017, decisión que posteriormente fue ratificada por el Consejo Superior del Ministerio Público.

Precisó que además de la destitución, el exmiembro del Ministerio Público fue inhabilitado de por vida para prestar servicios nueva vez dentro del Ministerio Público e igualmente fue inhabilitado de manera temporal por un período de cinco años para prestar servicios en cualquier otra institución del Estado dominicano.