¿Las delaciones de Odebrecht son pruebas en un juicio de fondo?

Defensa de Andrés Bautista presentó los argumento de inadmisibilidad

Uno de los abogados de Andrés Bautista en la sala. (Luis Gómez)

La pertinencia, legalidad y admisión de las delaciones premiadas de los exejecutivos de Odebrecht deberán ser valoradas por el juez de la Instrucción Especial de la Suprema Corte de Justicia luego de que ayer, la defensa del expresidente del Senado, Andrés Bautista García, expusiera las razones por las que, a su entender, no son aplicables al proceso penal dominicano.

Carlos salcedo, quien dirige la barra de defensa del imputado por los sobornos pagados por Odebrecht, solicitó excluir y/o declarar inadmisibles las declaraciones de los exejecutivos de la multinacional porque no se ciñen a la regla de la oralidad que caracteriza el proceso penal, ya que ninguno de ellos fue aportado como testigo en el caso y mucho menos se realizó un anticipo de prueba que es una de las excepciones que plantea el Código Procesal Penal para los juicios.

Afirmó que el artículo 311 del Código Procesal establece que el juicio es oral. El juicio es oral pero ¿la delación premiada será oral? ¿Dónde? ¿En un juicio que no se ha celebrado? Evidentemente que se trataría de una contradicción manifiesta y el texto lo dice claramente [las prácticas de las pruebas en general, toda intervención de quienes participen, se realiza de modo oral]? argumentó.

“Qué contacto tendría el juez de fondo, qué nivel de contradicción podía haber en el juicio sin la presencia de una persona que ni siquiera ha sido ofertada como testigo por el Ministerio Público... Cuál es la inmediación que va a haber. Ninguna. Cuál es el nivel de contradicción que va a haber con esa prueba. Absolutamente ninguna?, cuestionó y respondió el abogado durante la presentación del escrito de contestación a la acusación.

Al citar como ejemplo las diligencias procesales hechas por los fiscales de la República de Perú, país donde hay condenados por los mismos ilícitos penales en que incurrió Odebrecht en Dominicana, describió que esos investigadores fueron a Brasil e interrogaron personalmente a los exejecutivos, sin embargo, República Dominicana no agotó ese procedimiento.

Dijo que esas delaciones son producto de un proceso penal iniciado en otro Estado cuyo sistema judicial es distinto al de este país. En Brasil el juez que instruye el proceso de investigación, es el mismo que juzga el fondo de la acusación, cosa que no ocurre en la jurisprudencia dominicana, describió.

La defensa del expresidente del Senado establece que si los delatores brasileños hubiesen sido interrogado por el Ministerio Público dominicano o se hubiera realizado un anticipo de pruebas, se les podría cuestionar el por qué afirman que Bautista fue presidente del Senado en el año 2007 y no Reinaldo Pared Pérez.