Ministerio Público no se refirió a las tres causales en planteamientos que hizo sobre el Código Penal
Tampoco abordó el tema de la discriminación por preferencia u orientación sexual o género
La magistrada Miriam Germán Brito, procuradora general de la República, fue la persona que acudió a las vistas públicas celebradas por la comisión que estudió el proyecto de modificación al Código Penal a presentar las propuestas del Ministerio Público.
En sus sugerencias, que hizo de forma personal y a través de una carta enviada al Senado, el órgano persecutor no se refirió a las tres causales para permitir el aborto ni a la discriminación que incluye la legislación aprobada por la Cámara de Diputados. Precisamente, esos temas han sido objeto de debates entre los sectores.
Sobre la mujer, Germán Brito planteó a la comisión solamente “mantener en el proyecto el concepto de violencia contra la mujer, como tipo penal diferenciado de la violencia de género”.
La comisión especial del Senado rindió ayer lunes un informe favorable sobre la pieza sin tomar en cuenta ninguna de las sugerencias de las más de 20 comisiones que acudieron a las vistas públicas, así como tampoco a lo propuesto por el Ministerio Público. Acogió el proyecto tal cual fue aprobado por la Cámara de Diputados.
En el caso de las tres eximentes para permitir el aborto este punto es el que más tensión ha causado en la sociedad, llegando prácticamente a dividirla en los pro tres causales y los pro vida, los que han realizado marchas y otras actividades en varias ocasiones.
En la discusión actual del Código el tema también ha sido objeto de fuertes enfrentamientos, como lo fue en el pasado cuando, incluso, la normativa fue aprobada en dos ocasiones, pero fue observada por el entonces presidente de la República, Danilo Medina, quien devolvió la pieza con las recomendaciones de incluir las eximentes para permitir la interrupción del embarazo. Estas son cuando corra peligro la vida de la madre, cuando el feto sea inviable con la vida y cuando la gestación sea fruto de una violación o un incesto.
Las propuestas que hizo Miriam Germán a la comisión para el Código Penal y que fueron ignoradas
Código Penal eximiría de pena por discriminación por preferencia u orientación sexual o género
El proyecto de modificación del Código Penal aprobado por los diputados el 30 de junio de este año fue rechazado por sectores sociales, debido a que el mismo eximiría de responsabilidad penal a quien discrimine a una persona por su preferencia u orientación sexual o género.
La decisión está consignada en la parte capital del artículo 186, de la citada pieza legislativa, para describir el delito sobre la discriminación, que fue modificada para excluir esas posibles causas.
También, a quienes fundamenten su negativa para prestar o contratar un servicio por conciencia religiosa, ética, moral o por requisitos institucionales.
Entre los puntos sugeridos por el Ministerio Público a tener en cuenta en la modificación estuvieron:
Que se “conciliara el aumento de la escala general de las penas de multa en infracciones muy graves, para que abarque las multas impuestas en las infracciones por corrupción”.
Igual pedido hizo para las penas complementarias consistentes en la inhabilitación en las funciones públicas cuando se cometen actos de corrupción, pues considera que se exceden con creces a escala general.
En cuanto al tráfico de influencia, la magistrada consideró que la descripción del tipo penal es muy cerrada “y deja fuera la conducta del agente que tiene influencia en un tercer funcionario, en virtud de la relación primaria con el funcionario de cuya relación pretende beneficiarse, algo que en la práctica pasa con mucha frecuencia”.
También pidió que se organicen las infracciones dentro de las secciones que le corresponden y puso como ejemplo “la malversación de fondos que no está ubicada en la subsección del peculado o malversación”.
Otras de las sugerencias de la procuradora general fueron las necesidades de “conciliar la descripción de la infracción de agresión sexual, que se encuentra prevista en los artículos 132 como tipo base y 139 como agravante”, entre otras.